La Justicia Federal de Tucumán cambia de estructura: dos salas, un sexto juez y 90 días para ponerla en marcha

El Gobierno de Javier Milei promulgó la Ley 27.821 que reorganiza la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. El tribunal tendrá dos salas permanentes y sumará una sexta vocalía. La reforma alcanza a Tucumán, Catamarca y Santiago del Estero y busca acelerar la resolución de causas.

La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán inició una nueva etapa institucional. El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.821 y el texto apareció este martes en el Boletín Oficial. La norma dispone una reorganización del tribunal que tendrá impacto sobre la Justicia Federal de Tucumán, Catamarca y Santiago del Estero.

La reforma establece que la Cámara funcionará con dos salas permanentes. También crea un nuevo cargo de juez de Cámara, por lo que la integración definitiva llegará a seis magistrados.

El cambio apunta a resolver uno de los principales problemas que arrastra el tribunal: el aumento de expedientes sin una modificación equivalente de su estructura interna.

La ley fue sancionada por el Congreso el 26 de agosto y recibió 205 votos afirmativos en la Cámara de Diputados. El proyecto consiguió así el respaldo necesario para modificar la organización de un tribunal cuya estructura se mantenía desde 1990.

Dos salas para una Cámara que concentra causas de tres provincias

La nueva legislación mantiene intacta la competencia que ya posee la Cámara Federal tucumana. El tribunal seguirá atendiendo los expedientes correspondientes a Tucumán, Catamarca y Santiago del Estero.

En ese ámbito llegan causas vinculadas con delitos federales, cuestiones aduaneras, asuntos electorales, conflictos laborales y seguridad social, además de expedientes penales y civiles. La jurisdicción comprende tres juzgados federales de Tucumán, dos de Santiago del Estero y dos de Catamarca.

La división en salas busca repartir esa carga de trabajo.

La Ley 27.821 establece que cada sala tendrá inicialmente dos jueces. El quinto camarista ejercerá una presidencia común y podrá intervenir en cualquiera de las dos salas cuando sus integrantes no alcancen una mayoría.

El mecanismo apunta a evitar que cada expediente deba pasar por los cinco integrantes del tribunal para alcanzar una decisión.

El sexto juez dependerá del presupuesto

La nueva estructura contempla una sexta vocalía, pero ese cargo no quedará cubierto de forma inmediata.

El artículo 2 de la ley establece que el nuevo magistrado asumirá cuando exista el crédito presupuestario necesario. Por eso, la Cámara comenzará esta etapa con sus cinco integrantes actuales: Fernando Poviña, Ricardo Sanjuán, Patricia Moltini, Marina Cossio y Mario Leal.

Hasta que llegue el sexto juez, el sistema tendrá una estructura transitoria. Cada sala contará con dos magistrados y el quinto camarista tendrá la función de presidente común.

Ese juez podrá intervenir cuando exista una discrepancia entre los integrantes de una sala y resulte necesario alcanzar una mayoría para resolver una causa.

Noventa días para definir las nuevas reglas

La puesta en marcha de la reforma también abre un plazo clave dentro de la Cámara Federal.

La Ley 27.821 establece 90 días para que el propio tribunal dicte su reglamento de funcionamiento. En ese período deberá definir además el régimen de subrogancias ante situaciones de licencias, vacancias, recusaciones o excusaciones.

El plazo aparece como uno de los primeros pasos concretos para adaptar la estructura actual al nuevo sistema de salas.

Una estructura que quedó chica frente al aumento de expedientes

Uno de los argumentos centrales para impulsar la reforma fue el crecimiento de la litigiosidad federal.

La Cámara funciona desde 1990 con una integración de cinco miembros. Sin embargo, el volumen de causas aumentó de manera considerable, en especial después del traspaso de expedientes previsionales.

Durante el debate parlamentario surgió un dato que refleja esa evolución: la Cámara recibió 957 expedientes en 2012 y llegó a 3.062 en 2015. La cantidad de integrantes, en cambio, permaneció prácticamente sin cambios.

Ese crecimiento generó un problema adicional. El funcionamiento como tribunal único exige mayorías para cada resolución y puede producir un cuello de botella cuando los expedientes se acumulan.

La división en salas apunta precisamente a descomprimir ese circuito y acelerar las respuestas judiciales.

Una reforma que nació en el Senado

El proyecto tuvo impulso tucumano y regional. Sandra Mendoza y Guillermo Andrada, integrantes de Convicción Federal, presentaron una de las iniciativas. Luego se unificó con otro proyecto impulsado por la senadora tucumana Beatriz Ávila.

Durante el tratamiento legislativo también expuso Patricia Moltini, actual integrante de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, en el marco de las discusiones sobre la necesidad de modificar la estructura del tribunal.

Tras la sanción definitiva, el senador catamarqueño Guillermo Andrada resumió el objetivo de la reforma con una frase: “Una justicia más ágil también se construye mejorando sus instituciones”.

Ávila también defendió la modificación durante el tratamiento parlamentario y sostuvo: “Esta reforma responde a una necesidad concreta de nuestra región y constituye un paso fundamental para modernizar el funcionamiento de la Justicia Federal”.

Tucumán adopta un modelo que ya funciona en otras cámaras

La división en salas no constituye una experiencia inédita para la Justicia Federal argentina. Córdoba, Mendoza, Rosario y Salta cuentan con esquemas de este tipo, mientras que la Cámara Federal de La Plata posee tres salas.

El antecedente de Salta aparece como una referencia especialmente relevante por tratarse de una jurisdicción del norte argentino con una estructura similar.

Con la promulgación de la Ley 27.821, la Cámara Federal de Tucumán abandona el esquema de tribunal único y comienza el proceso formal para funcionar con dos salas.

El próximo paso será interno: reglamentar el nuevo funcionamiento, definir las subrogancias y avanzar con la futura designación del sexto camarista cuando exista disponibilidad presupuestaria.

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