Histórico: Carlos Cisneros fue citado por la Justicia Federal por presunta Trata de Personas

El juez federal Guillermo Díaz Martínez citó a declaración indagatoria —con “motivo bastante de sospecha”— a ex sindicalista y actual empresario, a la abogada Patricia Micaela Neme y al empleado de la Caja Popular Federico Petraglia. Las audiencias fueron fijadas para el 28, el 29 y el 30 de septiembre, a las 9.30. La resolución, firmada el 14 de septiembre, llega tres días después de que la Corte Suprema de Tucumán dejara firme el sobreseimiento de los cuatro exfutbolistas de Vélez Sarsfield.

El Juzgado Federal de Tucumán 2 citó a prestar declaración indagatoria al diputado nacional Carlos Aníbal Cisneros, a la abogada Patricia Micaela Neme y a Federico Petraglia, empleado de la Caja Popular de Ahorros de Tucumán y presunto testaferro del dirigente. La resolución, firmada el 14 de septiembre por el juez Guillermo Díaz Martínez, dispone las audiencias para los días 28, 29 y 30 de septiembre, a las 9.30, “respectivamente”, y ordena oficiar la citación a la Policía Federal Argentina “bajo debida constancia de firma”.

El expediente está caratulado “Denunciado: NN s/ infracción ley 26.364”, la norma sobre Trata de Personas. El magistrado invocó el artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación y señaló que, “atento al estado de la presente causa” y “habiendo motivo bastante de sospecha”, correspondía proveer lo solicitado por el fiscal federal Rafael Vehils Ruiz en el dictamen n.° 269/25. Esa pieza, de más de cincuenta páginas y presentada el 11 de marzo de 2026, había requerido la indagatoria de los tres y medidas de coerción, entre ellas la prohibición de salida del país.

En el mismo auto, Díaz Martínez hizo lugar a lo pedido por el letrado Camilo Atim Antoni —defensor de José Ignacio Florentín Bobadilla— y a lo dictaminado por el fiscal: formó un legajo de actuaciones complementarias y ordenó extraer las partes procesales pertinentes, “a los fines de no entorpecer el curso de la presente investigación”.

La Corte dejó firme el sobreseimiento

Tres días antes de la firma del auto federal, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán cerró, en el fuero local, el capítulo penal contra los futbolistas. La sentencia del 11 de septiembre de 2026, suscripta por Antonio Estofán, Daniel Leiva, Daniel Posse y Claudia Forte, rechazó la queja de María de Lourdes Parache, patrocinada por Juan Andrés Robles y José César Díaz.

Quedó firme, así, el sobreseimiento de Carlos Sebastián Sosa Silva, Braian Ezequiel Cufré, Abiel Alesio Osorio y José Ignacio Florentín Bobadilla. El hecho de la habitación 407 del Hotel Hilton —la noche del 2 al 3 de marzo de 2024— existió; no fue delito. Esa fue la conclusión del juez Augusto José Paz Almonacid el 30 de diciembre de 2025, bajo el estándar de “certeza negativa”. En junio de 2026 lo confirmó Patricia del Valle Carugatti. El Ministerio Público Fiscal provincial no impugnó.

La Corte examinó si la queja atacaba el auto que había denegado el recurso extraordinario local, el 30 de junio de 2026. Concluyó que no: Robles y Díaz reiteraron agravios sin criticar el rechazo. Añadió que la perspectiva de género y la Convención de Belém do Pará no invierten la carga de la prueba ni obligan a un juicio oral cuando la instrucción reúne los presupuestos del sobreseimiento.

En pie quedó la pericia UFED, de 530 megabytes: las cámaras del Hilton, los chats del grupo de amigas y los mensajes en los que la propia denunciante describió el encuentro en términos incompatibles con el relato de abuso que después sostuvo en sede judicial.

El proceso contra los jugadores, nacido el 6 de marzo de 2024 a las 20.30, nunca llegó a juicio. La querella puede intentar el recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de la Nación; ese trámite no reabre la instrucción local. Lo que sí quedó firme es la derivación que Paz Almonacid ordenó el 30 de diciembre de 2025: remitir copia del legajo al Fiscal General Federal para investigar la posible comisión del delito de trata de personas. Esa derivación es la nueva causa 23/2026 en la Justicia Federal.

Cómo, según la denuncia, se armó el caso

La hipótesis que Vehils Ruiz llevó al dictamen 269/2025 —y que el juez acaba de estimar suficiente para citar— no convierte el encuentro del Hilton en trata. Parte de lo contrario: el acto sexual fue declarado atípico en provincia. Lo que se investiga es lo que vino después: si la voluntad de Parache, empleada de la Caja Popular de Ahorros, fue sometida para sostener un relato contradictorio y servir a un propósito ajeno.

La cronología que las defensas de los futbolistas —en particular Florentín Bobadilla, con el patrocinio de María Florencia Abdala y Camilo Atim— y el propio fiscal federal reconstruyeron es la siguiente.

  • Sábado 2 de marzo de 2024. Parache se reunió con los cuatro jugadores en la habitación 407 del Hilton. No hubo registro de violencia. El domingo 3 escribió a sus amigas, en el grupo “Reinas de la Noche”, con tono alegre: había recibido una camiseta de Vélez y la usaría para dormir.
  • Lunes 4 de marzo de 2024, 19.30. Petraglia —empleado de la Caja Popular, en uso de licencia gremial, identificado en las presentaciones como operador de campo de Cisneros— llamó al hotel y pidió las cámaras de esa noche. No había denuncia. El dato figura en las demandas de febrero de 2026 como prueba de conocimiento prematuro.
  • Miércoles 6 de marzo de 2024, 11.00. Nueve horas y media antes de la denuncia formal aparece en el plexo la negociación de un “recupero económico”. En los chats reconstruidos, Parache señaló a Sosa como “el que más plata tiene”. A las 20.30 de ese mismo día se formalizó la denuncia por abuso sexual agravado.
  • 12 de marzo de 2024. Cisneros consiguió el cambio de fiscalía. Los abogados Patricia Neme y Franco Venditti, asignados desde La Bancaria, tomaron la representación de la denunciante. Según las presentaciones de la defensa de Florentín y el material que el fiscal federal citó, Neme reinterpretó el encuentro como abuso (“la abogada me hizo dar cuenta que había sido abusada”, escribió Parache) y hubo una sesión de “una hora y pico” en la que la letrada tomó los teléfonos de Parache y de María de los Milagros Castellote. Se atribuye a Castellote la eliminación de un audio sobre “la adrenalina que necesitaba”. Se atribuye a la estructura el simulacro de robo del celular de Parache para hacer desaparecer un audio en el que ella decía haber “pasado bien”. Cisneros, según el testimonio de Rocío Sancho Miñano —abogada que intervino por orden del diputado—, organizó la entrevista en TN y le compró un teléfono nuevo.
  • 7 de noviembre de 2025. Parache escribió a sus amigas que se sentía “prisionera” y que debía “cumplir órdenes sin preguntar ni chistar”. Esa frase es una de las que el fiscal federal y las contradenuncias de 2026 colocan en el centro de la hipótesis de captación.
  • 30 de septiembre de 2025. El juez Bernardo Daniel Lerario Babot allanó siete domicilios con más de cincuenta efectivos. Entre ellos, el estudio de Neme en General Paz 576 —compartido con Juan Andrés Robles y con el entorno de Enterate, el medio propiedad de Cisneros— y residencias de operadores. Cisneros no fue allanado. El fallo de Lerario Babot describió a “el de arriba” como quien daba las órdenes, incluso la de “hacer pingo” a la jueza Karina Eliana Gómez Moreira.

En paralelo quedó abierto el legajo provincial, caratulado “Cisneros Carlos Aníbal, Parache María de Lourdes y otros s/ falso testimonio, estafa procesal y otros delitos”. Figuran Cisneros, Parache, Venditti, Santiago Sheriff, Neme, Castellote, Jorge Rafael Parache, María del Rosario Molina y Petraglia. El 26 de febrero de 2026, Florentín Bobadilla pidió en esa sede la detención de Neme, Venditti, Cisneros, Petraglia y Castellote, y que la fiscal requiriera el desafuero ante Diputados, conforme al artículo 25 del Código Procesal Penal de Tucumán. El pedido permanece pendiente.

Castellote, testigo central del relato inicial, fue dada de alta el 27 de marzo de 2024 en el Banco Macro, —sucursal en la que trabaja Jorge Rafael Parache, padre de la denunciante— y adquirió un departamento con crédito de esa entidad poco después. Petraglia figura como titular de ocho inmuebles en el Registro Inmobiliario provincial, entre ellos unidades en General Paz 574, el mismo edificio del estudio de Neme y de Enterate.

La notificación a la Cámara de Diputados

El 10 de marzo de 2026 —un día antes del dictamen 269/2025—, Díaz Martínez ofició al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem. Informó que se investigaba a Carlos Aníbal Cisneros por el delito de trata de personas, en los términos de los artículos 145 bis y 145 ter del Código Penal, con “hipótesis razonable”. No pidió el desafuero. Usó la fórmula “a los fines institucionales que pudieren corresponder”.

El escrito fue girado a la Comisión de Asuntos Constitucionales, que preside Nicolás Mayoraz. El plazo de análisis es de sesenta días. El 12 de marzo, la diputada Lilia Lemoine (La Libertad Avanza) presentó un proyecto de resolución para que esa comisión se aboque “con urgencia” a la situación del tucumano. Invocó el artículo 66 de la Constitución —sanciones disciplinarias por inhabilidad física o moral—, que exige dos tercios del cuerpo. Unión por la Patria tenía entonces 93 bancas: 87 votos bastan para bloquear cualquier intento de remoción.

La Nación publicó el 11 de marzo que el oficialismo evaluaba el apartamiento y que dirigentes de La Libertad Avanza pedían el envío del expediente. Cisneros dijo a ese diario que no había sido notificado por la presidencia de la Cámara ni por su bloque.

El artículo 70 de la Constitución y la ley 25.320 reservan el pedido formal de desafuero al juez que necesita una medida de coerción incompatible con la inmunidad de arresto. Ese pedido, hasta la resolución del 14 de septiembre, no consta. La citación a indagatoria puede cumplirse sin desafuero. La detención, no.

La causa federal, si avanza hacia un procesamiento, tiene por delante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán —reordenada por ley en agosto—, la Casación Penal federal y, en su caso, la Corte Suprema de la Nación.

Lo que el nuevo auto agrega

Seis meses después del oficio a Menem y del dictamen fiscal, el juez ya no se limita a informar una hipótesis: cita. Fija tres mañanas consecutivas. Manda a la Policía Federal. Abre un legajo complementario a pedido de la defensa de Florentín y del fiscal.

El diputado, la abogada de La Bancaria y el empleado de la Caja Popular deberán presentarse en el Juzgado Federal de Tucumán 2. El primero, el 28; la segunda, el 29; el tercero, el 30 —o en el orden que el “respectivamente” del auto asigne a los nombres tal como fueron enunciados: Petraglia, Neme, Cisneros.

La causa 23/2026 sigue caratulada contra NN. La ley que se invoca es la 26.364. El estándar aplicado es el del artículo 294: motivo bastante de sospecha.

La citación al diputado, Neme y Petraglia.

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