La Justicia rechazó la probation y podría terminar en juicio oral la multimillonaria causa Frías Silva

El patrimonio en juego comprende establecimientos agropecuarios, campos en distintas zonas del país, inmuebles urbanos —entre ellos propiedades sobre Avenida Perón en Yerba Buena, tierras del ex Ingenio San José de esa tradicional familia tucumana—, fideicomisos, hoteles, tambos, explotaciones cañeras, plantaciones de limón y soja, producción de papa semilla para exportación, gimnasios y arrendamientos rurales.

La Cámara Penal Conclusional, Sala III, resolvió no hacer lugar al pedido de suspensión del juicio a prueba formulado por las defensas de José Frías Silva, Pablo Tomás Frías Silva y Martín Frías Silva. En consecuencia, la causa caratulada “Frías Silva José y otros s/ Defraudación” deberá continuar su trámite hacia el juicio oral y público, donde los hechos investigados podrán examinarse con amplitud probatoria, contradicción, publicidad y pleno control judicial.

La decisión, dictada alrededor del 26 de junio de 2026 y aún no firme, se adoptó sin perjuicio de las reservas recursivas de los defensores. El tribunal valoró la posición fundada del Ministerio Público Fiscal, la oposición expresa de las víctimas y la insuficiencia del ofrecimiento económico formulado por los imputados, que consideró “no razonable” frente a la entidad del daño denunciado y a las circunstancias patrimoniales involucradas. La resolución no implica pronunciamiento sobre la culpabilidad o inocencia de los imputados, sino el reconocimiento del derecho de las víctimas a ser oídas en un debate público.

El abogado Jorge Bernabé Lobo Aragón, patrocinante de la parte querellante y actora civil —en representación de Isabel Frías Silva, su esposa—, confirmó tras conocerse el fallo: “Se cayeron las maniobras dilatorias. Vamos por fin a juicio”.

La causa investiga una presunta defraudación vinculada a la administración de un extenso patrimonio familiar y empresarial de la tradicional familia tucumana. Según la acusación, los imputados —los tres hermanos Frías Silva— habrían ejecutado maniobras que excluyeron a las hermanas Isabel y María Frías Silva, únicas accionistas mujeres de sociedades clave como Azucarera Justiniano Frías S.A. y Cultivos y Cosechas S.A., de la información societaria, del reparto de dividendos, de las decisiones de gestión y del conocimiento real del inventario patrimonial.

Esta exclusión prolongada habría configurado, según la querella, una modalidad de violencia económica y de género, ejercida mediante la privación de derechos patrimoniales, societarios y familiares legítimos. El perjuicio habría dejado marcas en la autonomía y dignidad de las afectadas a través de patrimonios disminuidos y empresas administradas sin su participación pese a su condición de legítimas titulares.

El patrimonio en juego comprende establecimientos agropecuarios, campos en distintas zonas del país, inmuebles urbanos —entre ellos propiedades sobre Avenida Perón en Yerba Buena, tierras del ex Ingenio San José de la familia Frías Silva—, fideicomisos, hoteles, tambos, explotaciones cañeras, plantaciones de limón y soja, producción de papa semilla para exportación, gimnasios y arrendamientos rurales, además de otras inversiones. Entre los puntos destacados por la querella figuran tierras de alto valor en Yerba Buena —zona de fuerte desarrollo inmobiliario—, arrendadas en algunos casos a precios calificados de irrisorios, como el predio Las Cañas, y fideicomisos de estructura opaca.

Los hechos investigados se remontan, según el expediente, a un período que abarca aproximadamente entre 2008 y 2017, en el marco de la administración de las sociedades familiares. El proceso penal se inició con la presentación de la denuncia en el expediente 64127/2015. Durante los años siguientes se desarrolló una extensa etapa de instrucción, con planteos procesales de las defensas, pericias y requerimiento fiscal de elevación a juicio. Existen también actuaciones civiles conexas, entre ellas acciones de nulidad vinculadas a asambleas y actos societarios.

En mayo de 2025 cobró visibilidad pública el reclamo de un integrante de la familia —Carlos Aguilar, hijo de María Frías Silva—, quien en declaraciones periodísticas sostuvo que su madre, teóricamente titular de alrededor del 12 % de las acciones, no percibía utilidades y que las maniobras habrían generado un perjuicio superior a los 1.100 millones de pesos solo en la porción auditada por un perito (valores de 2019). Aguilar describió un escenario de exclusión persistente y afirmó que “tiene cientos de millones y sigue arruinando a su familia”.

Carlos Aguilar, hijo de una de las denunciantes.

En agosto de 2025, tras el anuncio de una audiencia en la Cámara Penal Conclusional, el Dr. Jorge Bernabé Lobo Aragón —esposo de Isabel Frías Silva— difundió una extensa carta pública titulada “La audiencia que rompe el silencio”. En ese documento reclamó que las presuntas víctimas fueran escuchadas directamente por los jueces y el fiscal, sostuvo que el conflicto excedía un mero pleito económico familiar y denunció un esquema de violencia patrimonial y económica contra las dos hermanas, desplazadas de las decisiones societarias y privadas del cobro de dividendos. Cuestionó además que algunos imputados continuaran al frente de instituciones provinciales de relevancia durante el trámite. Abogó por la realización del juicio oral y público como única vía para esclarecer los hechos con publicidad y contradicción.

Las defensas solicitaron la suspensión del juicio a prueba. El ofrecimiento económico que acompañó el pedido fue evaluado por el tribunal como insuficiente en relación con la magnitud del perjuicio denunciado y las características del patrimonio involucrado. La oposición de la fiscalía y de las víctimas resultó determinante para el rechazo.

En el marco de las actuaciones, la querella ha señalado que, incluso tras la elevación de la causa, se habrían ofrecido a las hermanas pagos en cuotas —ocho cheques de 1.158.000 pesos cada uno, con vencimiento hasta enero de 2026— calificados como una “limosna” frente a la entidad de los derechos reclamados. Asimismo, se ha denunciado la existencia de sociedades paralelas, manipulación de registros contables, ocultamiento de bienes y subvaluación de activos en balances, lo que habría permitido desviar utilidades y mantener a las accionistas mujeres al margen de la gestión real.

La resolución de la Sala III reafirma que la igualdad ante la ley debe hacerse efectiva también en los ámbitos económico, familiar y empresarial. El juicio oral permitirá que todas las pruebas sean producidas y debatidas públicamente, con pleno ejercicio del derecho de defensa y control judicial. La causa, que se tramita desde hace más de una década, ingresa así en una etapa definitoria donde los hechos podrán ventilarse sin las dilaciones que, según la querella, caracterizaron etapas anteriores.

Más Noticias

También puede interesarte