La Intervención de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán declaró la nulidad absoluta e insanable de la designación de José César Díaz, abogado cercano al diputado Carlos Cisneros, como Subgerente General Adscripto en la planta permanente de la entidad, resuelta en junio de 2023. El acto administrativo, instrumentado mediante la Resolución de Intervención N° 339/26 del 19 de mayo, ordena además calcular y exigir la devolución de alrededor de 600 millones de pesos por el perjuicio causado al erario provincial.
El documento, suscripto por el interventor contador público nacional Guillermo A. Norry y el subinterventor, acata de manera expresa las conclusiones del Acuerdo N° 1.348 del Tribunal de Cuentas, dictado el 29 de abril de 2026. Ese pronunciamiento había ordenado una comprobación sumaria para determinar responsabilidades y cuantificar el daño derivado de la Resolución de Intervención N° 494/23, firmada por el entonces subinterventor Hugo Guillermo Ledesma.
Tras un análisis exhaustivo del expediente, la actual Intervención concluyó que el acto de 2023 adolecía de vicios graves e insubsanables en la competencia, el procedimiento, la motivación y, especialmente, en la finalidad. El considerando central identifica una clara desviación de poder: bajo la apariencia de cubrir un cargo jerárquico de asesor letrado, el acto concedió en el mismo instante una licencia por desempeño de cargo político por todo el lapso de la intervención. “El acto no se dictó para satisfacer el interés público o las necesidades operativas del organismo, sino con el único fin personal de asegurarle al beneficiario un puesto de estabilidad en la carrera administrativa para el momento en que cesara en sus funciones políticas”, sostiene el texto oficial.
La resolución declara nula la designación del 21 de junio de 2023 y todos los actos y efectos jurídicos emanados de ella. Dispone que la Asesoría Letrada, la Gerencia del Departamento Personal y la Contaduría General determinen de inmediato el cálculo preciso del perjuicio económico —estimado en alrededor de 600 millones de pesos por el cobro simultáneo de dieta como interventor y salario en planta permanente— e inicien las acciones judiciales y administrativas pertinentes para su recupero.
Además, instruye la apertura de un sumario administrativo conforme al artículo 155 del Estatuto del Personal de la Caja Popular, con un plazo de 60 días para su finalización, y comunica formalmente la medida al Tribunal de Cuentas.
Este pronunciamiento se inscribe en el marco de las auditorías que el organismo de control externo realiza sobre la gestión anterior de la entidad, durante la cual Díaz —estrechamente vinculado al diputado nacional Carlos Cisneros— ejerció la intervención.
Con esta decisión, la propia Caja Popular convalida los fundamentos técnicos y jurídicos del control fiscalizador y avanza en la corrección de una irregularidad que compromete fondos públicos.
El cálculo del dinero desviado
La Resolución no solo declara la nulidad absoluta de la designación, sino que ordena calcular de manera precisa y reclamar el perjuicio económico derivado de esa irregularidad, estimado en alrededor de 600 millones de pesos —y que según el Tribunal de Cuentas podría superar ampliamente los 700 millones— por el cobro simultáneo e indebido de dos remuneraciones públicas durante 31 meses.
El fundamento de la cifra surge del Acuerdo N° 1.348 del Tribunal de Cuentas, dictado el 29 de abril de 2026. Ese pronunciamiento, al anular la Resolución de Intervención N° 494/23 del 21 de junio de 2023, dispuso una comprobación sumaria para determinar con exactitud los haberes percibidos por Díaz en concepto del cargo de planta permanente durante el período de coexistencia irregular de funciones, así como la posible simultaneidad remunerativa con el cargo político de interventor.

Según el análisis basado en los datos del propio Acuerdo y en los haberes registrados en la entidad, el cálculo se desglosa de la siguiente manera: la designación en planta permanente (Nivel 3) fijó un haber inicial en junio de 2023 de $11.521.343,29 mensuales. Hacia 2026, ese sueldo —actualizado por los incrementos salariales del sector— alcanzaba aproximadamente los $13 millones mensuales. Tomando un promedio conservador de $12,26 millones por mes solo por el cargo de planta (sin considerar posibles adicionales por antigüedad u otros conceptos), el monto percibido irregularmente durante los 31 meses de vigencia del acto nulo asciende a unos $380 millones.
A esa suma se agrega la remuneración percibida por Díaz en su calidad de interventor —un cargo político de alta jerarquía cuyo monto exacto no se detalla en el Acuerdo del Tribunal, pero que por su naturaleza también superaba varios millones de pesos mensuales—. La acumulación de ambos haberes, expresamente prohibida por el artículo 9° de la Constitución provincial, configura el perjuicio total al erario, que el organismo de control externo estimó inicialmente en más de 700 millones de pesos y que ahora la propia Intervención de la Caja Popular debe cuantificar con precisión.

