El fiscal federal Rafael Vehils Ruiz dio intervención formal a la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) en la causa FTU 23/2026, que tramita ante el juez federal Guillermo Díaz Martínez. La medida busca profundizar la investigación sobre el presunto sometimiento funcional y laboral de María de Lourdes Parache, la empleada de la Caja Popular de Ahorros que en marzo de 2024 denunció por abuso sexual a cuatro futbolistas de Vélez Sarsfield, posteriormente sobreseídos en firme por la justicia provincial.
La intervención no se limita a un dictamen de opinión. PROTEX, dirigida por Marcelo Colombo y María Alejandra Mángano, cuenta con un área de Investigación, Litigación y Seguimiento de Casos que le permite examinar el expediente y las pruebas —chats, testimonios, secuencia de hechos y relaciones de poder—, cruzar información, reconstruir los acontecimientos e impulsar o proponer nuevas medidas de prueba. Trabaja en colaboración con el fiscal interviniente y puede comunicar resultados o promover diligencias, con autorización judicial cuando corresponda. No reemplaza al juez ni decide el procesamiento de los investigados.
Según la información publicada el 1 de noviembre por El Tucumano, todavía no se difundió el documento que precisa las tareas encomendadas ni las diligencias concretas que comenzó a realizar. La intervención no implica que PROTEX haya adelantado una conclusión contra los investigados. El organismo registra experiencia en el fuero federal tucumano: su subdelegación colaboró en 75 expedientes locales de trata, de los cuales 54 se vincularon a la Fiscalía Federal N.º 2 y 21 a la N.º 1. En Córdoba acompañó desde el inicio la causa contra Elías Argüello, líder de la comunidad religiosa “Dimensión Cielo”, condenado a nueve años de prisión el 20 de mayo de 2026 por el Tribunal Oral Federal N.º 2, pese a que algunas de las personas no se reconocían como víctimas.
Los investigados en la causa federal son el diputado nacional Carlos Cisneros, la abogada Patricia Neme y Federico Petraglia. Fueron indagados a fines de septiembre de 2026 y solicitaron su desvinculación. Al último estado conocido, ninguno estaba procesado. El juez Díaz Martínez debe resolver su situación procesal: procesamiento, sobreseimiento o continuación de la investigación. Los cuatro jugadores de Vélez ya están sobreseídos en firme en el fuero provincial, decisión que quedó confirmada tras el rechazo de la queja de Parache por la Corte Suprema de Tucumán.
Parache niega ser víctima de trata. En marzo de 2026 compareció ante el fuero federal para rechazar la captación y explotación que le atribuye la hipótesis fiscal, y solicitó el archivo de la causa. Ese relato contrasta con mensajes previos. El lunes 4 de marzo de 2024, a las 18:29 —dos días antes de presentar la denuncia—, le escribió a su amiga Rosario Molina que Federico Petraglia la había enviado a consultar a una ginecóloga para obtener una constancia: “Bueno eso es x si algún día quiero denunciar. Pero yo le dije a Fede que no quiero”. El miércoles 6 de marzo, a las 20:30, radicó la denuncia. Esos mensajes forman parte del informe técnico 48.935 (página 45, figura 80), elaborado por el perito oficial Gerardo José Marranzino a partir de teléfonos de dos amigas de Parache. En noviembre de 2025 describió su situación como la de alguien que estaba “sin poder de decisión” y debía “cumplir órdenes sin preguntar ni chistar”.
La guía oficial El testimonio de la víctima de trata de personas (2016) distingue la autopercepción de la valoración jurídica. Advierte que algunas personas no se reconocen como víctimas o conservan vínculos positivos con quienes resultan investigados, y establece que sus declaraciones deben contrastarse con las demás pruebas. Negar ser víctima no clausura automáticamente el expediente.
Los próximos pasos
A partir de ahora pueden suceder varios escenarios. PROTEX puede ayudar a precisar si los hechos encajan en trata con finalidad de servicios forzados o sometimiento. Habrá que acreditar acción típica más finalidad de explotación: no alcanza con influencia o relación desigual. El organismo puede reconstruir quién le pidió qué a Parache, qué libertad tenía para negarse y qué consecuencias podía afrontar, y confrontar su relato actual con los mensajes anteriores, las declaraciones de testigos y las actuaciones atribuidas a cada investigado. Esos elementos pueden fortalecer una imputación o poner de manifiesto que no está acreditada.
Con o sin aportes de PROTEX, el juez Díaz Martínez puede dictar procesamiento si considera suficientes indicios —lo que abriría la puerta a pedidos de detención o embargos; para Cisneros, diputado nacional, se requeriría desafuero para una detención efectiva—, sobreseer o desvincular, u ordenar más investigación. La negativa de Parache a reconocerse como víctima no cierra la causa por sí sola. Si se la considera víctima, rige el principio de no criminalización por actos vinculados a la explotación. Si no, puede seguir expuesta en la causa provincial paralela por falso testimonio y otros delitos. La representación por abogados vinculados al círculo investigado es un elemento que la investigación puede analizar.
En el mediano plazo, la hipótesis fiscal podría fortalecerse y derivar en el procesamiento de uno o más investigados y el avance hacia juicio; PROTEX podría aportar elementos que debiliten o reencuadren la hipótesis —el “sometimiento funcional” es un encuadre delicado y no constituye una categoría autónoma del tipo penal—; la instrucción podría continuar con nuevas diligencias durante meses; o desarrollarse en paralelo la causa provincial contra Parache y otros. La intervención de PROTEX es un paso significativo que profesionaliza y profundiza la pesquisa. No prejuzga el resultado, pero aumenta la capacidad de investigación del Ministerio Público Fiscal en un caso con elementos de organización, control de relato y tensión sobre el estatus de la víctima. El juez sigue siendo quien decide el próximo paso formal sobre Cisneros, Neme y Petraglia.

