Desbocado: Moisá insiste en el escándalo mediático y compara a la Corte Suprema con Hitler

El camarista Benjamín Moisá, vocal de la Cámara Civil y Comercial Común, Sala II, respondió con una extensa contraofensiva a la Acordada de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, que le formuló un llamado de atención por su persistente resistencia a la digitalización de los expedientes. En un recurso de reconsideración de veinte páginas, el magistrado no solo cuestionó la medida, sino que recurrió a una comparación histórica de extrema gravedad: equiparó el ejercicio de la superintendencia por parte de la Corte con el “sistema nacionalista del Tercer Reich”, que acentuaba los poderes del tribunal de revisión de manera autoritaria.

Esta reacción no hace más que confirmar un patrón de conducta ya consolidado en la trayectoria de Moisá. Lejos de limitarse a argumentar jurídicamente la supuesta incompatibilidad entre el artículo 288 del Código Civil y Comercial de la Nación y el artículo 170 del Código Procesal local —una distinción que, como señaló la Corte, genera confusión innecesaria entre ordenamientos de distinta esfera de aplicación—, optó por escalar el conflicto al terreno del escándalo mediático. Una vez más, el magistrado prefirió las operaciones públicas a la serena exposición de sus fallos y utilizó a La Gaceta para embestir contra la Corte.

En el mismo escrito, Moisá arremetió contra las Oficinas de Gestión Asociada (OGA) del fuero Civil y Comercial, a las que ya había objetado en diciembre pasado por considerarlas inconstitucionales. Sin embargo, esta crítica aparece como un aprovechamiento político de una decisión que había sido ampliamente cuestionada por toda la comunidad de abogados de la provincia. En lugar de contribuir al debate técnico sobre la modernización del servicio de justicia, el camarista transforma una cuestión administrativa en un supuesto ataque a la independencia judicial, buscando capitalizar el malestar existente para reforzar su narrativa de “persecución”.

Esta actitud resulta coherente con su trayectoria. Moisá ha sido, a lo largo de su carrera, un formalista empedernido en busca permanente de atención pública. Ya en su paso por la Cámara de Apelaciones de Esquel, entre 2005 y 2008, protagonizó un enfrentamiento institucional de tal magnitud que derivó en un juicio político por mal desempeño, del que solo escapó mediante una renuncia estratégica. En Tucumán, su reincidencia es constante: rechazó escritos digitales en plena pandemia de 2020, ignoró precedentes de la propia Corte en el caso “Sal Mauricio José” de 2024 y ahora, ante el llamado de atención de la Acordada 288/2026, responde con una escalada mediática que incluye reservas de acciones ante la Corte Suprema de la Nación y la CIDH.

Un caso paradigmático de acumulación de roles

Otro episodio que ilustra esta tendencia ocurrió entre 2017 y 2021 en el country La Arboleda. Moisá decidió involucrarse como abogado patrocinante de su esposa, María del Rosario Terán Nougués, socia del consorcio, en un litigio por el control de la administración. En ese carácter, los cónyuges recusaron por prevaricato y parcialidad manifiesta a un juez de primera instancia de su propio fuero. El caso terminó elevándose al tribunal que integra Moisá, lo que generó inhibiciones de otros camaristas por amistad o vinculación con el conflicto y planteó una situación en la que el magistrado actuaba simultáneamente como juez y parte. Vecinos del country denunciaron que esta intervención judicial agravó los problemas internos, incrementó las deudas y deterioró la convivencia, transformando un conflicto vecinal en un largo y costoso pleito que dejó al barrio con intervención judicial prolongada.

Moisá insiste en hablar a través de comunicados y titulares, nunca a través de sentencias memorables ni admirables. Mientras la Corte reafirma la necesidad de una justicia ágil, previsible y equitativa —donde la firma ológrafa escaneada, con el patrocinante como depositario judicial, satisface los requisitos de autoría e integridad—, el camarista elige el camino del escándalo. Su comparación con el Tercer Reich no solo es desmedida e históricamente improcedente; revela una incapacidad para aceptar los límites institucionales y una preferencia por el protagonismo público sobre la responsabilidad jurisdiccional.

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