Un inmueble donado no podrá ser reclamado

La novedad le trae gran alivio a muchas organizaciones tales como UNICEF, Cruz Roja Argentina, AMIA, Cáritas, Obra Don Orione, Fundación SALES y Fundación Monseñor Gottau, etc. La Cámara Baja votó por unanimidad los cambios de cuatro artículos del Código Civil y Comercial que ya tenían previa sanción del Senado.

Desde ahora, las donaciones de inmuebles serán posibles otra vez en la Argentina. Se modificaron los artículos 2386, 2457, 2459 y 2459 del Código Civil y Comercial que se estableció en 2015. Todos los herederos forzosos seguirán protegidos, solo que ahora se utilizará la acción de colación en vez de la de reducción cuando haya un eventual damnificado.

Esto impactará contundentemente en mercado inmobiliario, ya que se espera que ingresen varios inmuebles al mercado y haya mucho más movimiento. Cabe destacar que las donaciones de inmuebles son donaciones exentas de impuestos de sellos y pagan un monto fijo de inscripción y de aporte notarial. Tampoco pagan impuesto a la transferencia de inmuebles, o sea que ahorran en trámites de sucesión.

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