La Justicia santiagueña resolvió que Diego Heredia, el médico tucumano señalado por la muerte de Jonathan Romano en Termas de Río Hondo, continúe detenido. El profesional fue imputado por homicidio simple y por portación ilegítima de arma de fuego, luego de que los fiscales descartaran que hubiera actuado en legítima defensa.
El hecho ocurrió en la madrugada del 27 de julio en el barrio Adela, una zona identificada como conflictiva de la localidad termal. Heredia circulaba en su automóvil junto a su acompañante, Malena Pérez, cuando Romano se acercó al vehículo. En circunstancias que todavía son objeto de investigación, el médico efectuó un disparo que hirió mortalmente a la víctima. Heredia se presentó ante la Justicia recién cuatro días después del episodio.
Una cámara de seguridad registró parte de la secuencia: se observa a Romano corriendo detrás del auto, la detención del vehículo, el acercamiento de la víctima a la puerta del conductor y, finalmente, su caída al suelo antes de que Heredia abandonara el lugar. Esa filmación se convirtió en la prueba central del expediente y admite lecturas contrapuestas entre la fiscalía y la defensa.
Los abogados del médico, Patricio Fresia y José María Molina, sostienen que Romano intentó asaltarlo y que hizo un ademán como si fuera a extraer un arma de su cintura, versión que fue respaldada por Pérez, quien además es vecina de la víctima. La defensa incorporó también informes que indicarían que Romano habría intentado asaltar a otros automovilistas esa misma noche. Sin embargo, el fiscal Gustavo Montenegro y la instructora Juliana Medina calificaron de endeble la hipótesis de la legítima defensa, remarcando que la víctima no portaba arma alguna.
El fiscal cuestionó además que Heredia hubiera descartado alternativas menos lesivas, como acelerar y alejarse del lugar, y que en cambio disparara contra una zona vital del cuerpo para luego huir sin dar aviso a las autoridades. A su entender, esa conducta posterior, sumada a la demora de cuatro días en presentarse ante la Justicia, agravó la situación procesal del acusado.
En cuanto a la portación de arma, la investigación estableció que Heredia poseía la credencial de legítimo usuario, pero carecía del permiso correspondiente para transportar el arma en condiciones de uso inmediato dentro del vehículo. La defensa argumentó que el arma presentaba una falla mecánica y que no tenía cargador colocado al momento del hecho, extremo que deberá determinarse mediante un peritaje balístico. Por su parte, el abogado querellante, José López, sostuvo que la secuencia filmada por las cámaras de seguridad duró apenas tres segundos, un lapso que consideró incompatible con la existencia de un forcejeo previo, mientras que Karina Cajal, madre de la víctima, negó que su hijo tuviera antecedentes delictivos en la zona y reclamó celeridad en el avance de la causa.

