“Nunca se vio tanta falta de investigación”: el juez Fradejas expuso las gravísimas falencias del fiscal Sale

En una fundamentación que se extendió por más de ochenta minutos, el juez Fabián Fradejas, integrante del Tribunal de la Sala III, desmontó con rigor y sin eufemismos las profundas deficiencias de la investigación llevada adelante por el fiscal Carlos Sale en el juicio por el homicidio de Paulina Lebbos. Sus palabras, pronunciadas con la serenidad que impone la responsabilidad judicial, no solo explicaron la absolución de César Soto y Sergio Kaleñuk, sino que constituyeron un duro y necesario llamado de atención sobre una instrucción que, desde su origen, estuvo marcada por la inacción, la omisión y la ausencia de pruebas concluyentes.

La nota fue publicada por Tendencia de Noticias (TDN) y firmada por la periodista Mariana Romero.

Frente a un caso que acumula veinte años de dolor e impunidad, los jueces no tuvieron más opción que aplicar el principio constitucional del in dubio pro reo. La terrible labor del Ministerio Público Fiscal dejó al tribunal sin elementos suficientes para condenar. Fue, en definitiva, la propia debilidad de la acusación la que impidió que se hiciera justicia con los responsables materiales del asesinato de la joven estudiante de Comunicación Social. Los magistrados actuaron con la única herramienta que les quedaba: la verdad procesal y el respeto irrestricto al debido proceso.

No se vio, o por lo menos yo nunca vi, esta falta de investigación”, resumió el magistrado en representación del tribunal que emitió la sentencia por unanimidad.

Fradejas subrayó que se trataba de la primera vez que el tribunal juzgaba un crimen ocurrido hace tanto tiempo y con un nivel de investigación tan deficiente. Describió la tarea como una suerte de “arqueología forense”:

“tratar de llevar adelante, de investigar a los que les toca investigar y juzgar un hecho ocurrido hace 20 años”.

El juez detalló que nunca les había tocado entender en un juicio en el que no existieran pruebas propias, sino que se tomó evidencia producida para un juicio anterior —el de 2019 que condenó a cinco encubridores—. Con crudeza, expuso:

“Esa causa, con las mismas pruebas, se traspoló a este proceso. Y con esa misma causa y esas mismas pruebas, esa misma plataforma fáctica, lo único que se cambió fue la plataforma fáctica. Se acusó al señor Soto y al señor Kaleñuk con las mismas pruebas del proceso anterior”.

Y continuó sin ambigüedades:

“No se hizo una sola prueba relacionada al señor Soto para tratar de ver si él había sido el autor del hecho. Tuvimos que releer la causa y creo que hay una sola prueba, si se le puede llamar prueba, por parte de la fiscalía, que fue remitir al Club Atlético Tucumán para ver si Kaleñuk trabajaba allá. Aparte de eso, no hay otra prueba que se haya tratado de llevar adelante para ver si efectivamente el señor Soto o el señor Kaleñuk eran autores de este hecho tan importante. No hay prueba. Y no es que no se tuvo la oportunidad”.

El tribunal enumeró una larga lista de omisiones que resultan incomprensibles en una investigación de esta magnitud: no se realizó inspección ocular en el departamento de Soto, no hubo reconstrucción del hecho, no se peritaron los recorridos entre Estados Unidos al 1.200 y Vipos, no se tomaron declaraciones a testigos clave como Virginia Mercado, el remisero Juan Pedro Cruzado ni a los vecinos. Tampoco se peritó psicológicamente al acusado ni se llamó a declarar a la hija de Paulina. Los peritajes de ADN bajo las uñas de la víctima quedaron inconclusos, al igual que el análisis de las sábanas de llamadas. Ni siquiera se investigó con seriedad la hipótesis de los vecinos apellidados Jiménez.

Respecto de Kaleñuk, Fradejas ironizó con dureza la hipótesis fiscal:

“Estamos hablando de que originariamente se lo acusa al señor Soto de haberla matado a Paulina y que, luego de haberla matado, teniendo en cuenta que el señor Kaleñuk trabajaba en Atlético Tucumán y era funcionario público, lo llama. No sabemos cómo, porque no hubo una prueba en todo el expediente de cómo se habría comunicado el señor Soto con el señor Kaleñuk. Lo llama para que le colabore (…): ‘mire, acabo de matar a mi expareja, por favor, ¿podría ayudarme? Yo lo ubico a usted del Club Atlético Tucumán, ¿podría ayudarme a deshacerme del cuerpo?’ Y el señor Kaleñuk, en un acto de gran empatía, le dice, ‘sí, no se preocupe, ya voy para ahí, cargamos el cuerpo en el auto y vemos dónde lo dejamos’”.

El cuestionamiento más severo se reservó para la decisión del fiscal Sale de retirar la acusación contra Kaleñuk sin fundamentos sólidos:

“‘Llegamos a mitad de camino’ fue el único fundamento que encontramos. Hubiera sido bueno que (Sale) diera los fundamentos de por qué retiraba la acusación. Por lo menos, por una cuestión de respeto también al señor Kaleñuk, que se lo trae a este proceso, se lo somete a un juicio, entendemos nosotros sin ningún tipo de pruebas desde el principio”.

Fradejas reivindicó, además, la figura del fallecido fiscal Daniel Marranzino, quien ya había advertido las debilidades de la teoría del caso. Y, dirigiéndose directamente a Alberto Lebbos, cerró con un mensaje de compromiso institucional:

“le puedo asegurar que lo que nos moviliza a dictar una sentencia siempre que sea justa; y le puedo asegurar que haber condenado a dos personas sin ningún tipo de prueba no es un acto de justicia. No es un acto de justicia”.

“Creo que merece la pena la remisión de las actuaciones para que se profundice la investigación de manera real, verdadera. Para que un crimen tan aberrante después de 20 años no quede impune. Porque se merece…”.

Así, con la autoridad moral que otorga la independencia judicial, el juez Fabián Fradejas dejó en claro que la absolución no fue un acto de benevolencia hacia los imputados, sino la inevitable consecuencia de una investigación que nunca estuvo a la altura de lo que la sociedad tucumana y la familia Lebbos merecían. La impunidad que hoy pesa sobre el crimen de Paulina Lebbos no es responsabilidad de los jueces que aplicaron la ley; es el saldo trágico de una labor fiscal que, según las propias palabras del tribunal, jamás debió llegar a juicio en esas condiciones. El camino hacia la verdad sigue abierto: ahora, la fiscalía de turno tiene la obligación de reparar lo que no se hizo en dos décadas.

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