Las nuevas medidas que regirán hasta el 21 de mayo

El presidente Alberto Fernández anunció las medidas que comenzarán a regir a partir de mañana y hasta el 21 de mayo.

Según el aumento de casos en últimos 14 días; la incidencia sobre la cantidad de casos sobre población y la ocupación de camas (UTI), se clasifica a los lugares del país en cuatro categorías: Bajo; Medio, Alto riesgo epidemiológico y sanitario; y alarma epidemiológica y sanitaria.

   Las medidas generales a implementar en todo el país serán:

   – Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

   – Suspensión de las reuniones sociales de más de 10 personas.

   – Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Las medidas para zonas de riego sanitario y epidemiológico medio se aplicarán en aquellas de «más de 40.000 habitantes» con indicadores a razón de » 0.8 a 1.2 e» con una incidencia «entre 50 a 150 casos c/ 100.000 HABITANTES».

   En ese marco, el Gobierno aclaró que es facultad y responsabilidad de los gobernadores adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

   – Las medidas para zonas de alto riesgo (más de 40.000 habitantes, con incidencia de más de 150 s/ 100.000 habitantes serán:

– Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

   – Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.

   – Deportes: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.

   – Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta cerrados.

   – Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23:00.

   – Prohibición de la circulación: Se prohíbe la circulación entre las 00:00 y las 06:00 de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.).

   – Aforo: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

   – Disposiciones locales y focalizadas de contención: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

   – Medidas para zona de alerta.

   – Se suspenden: centros comerciales y shoppings.

   – Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

   – Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

   – Restricción en ámbito educativo. Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.

   – Deportes. Se prohíben los deportes grupales.

   – Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

   – Cierre de gastronomía: entre las 19:00 y las 6:00 del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

   – Se prohíbe la circulación entre las 20:00 y las 06:00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.).

   – Transporte público solo para esenciales y autorizados.

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