Los convenientes tiempos de la Justicia: revocan la increíble absolución de Díaz Vélez a Felipe Sosa

En un momento en que Felipe «El Militar» Sosa ya se ha transformado en el Enemigo Público Número Uno, a partir de publicaciones que revelan su violencia e impunidad, recién ahora la Cámara Federal ha revocado la increíble absolución del acusado por el brutal crimen de Erika Antonella Alvarez.

El juez federal José Manuel Díaz Vélez había sobreseído a Sosa (junto a Francisco Hernán Pavón y Marcos Rivera) en abril de 2025, en la causa originada en un allanamiento del 21 de junio de 2023 en una vivienda de Yerba Buena (calle Frías Silva 1336). Lo que comenzó como una inspección judicial en el marco de un divorcio terminó descubriendo un verdadero invernadero de cannabis con infraestructura profesional.

Entre los elementos secuestrados se encontraban «162 plantas de marihuana» (29 en floración en una habitación con paredes forradas en papel metalizado, equipada con siete lámparas LED de alta potencia, farol de sodio, filtro de aire de carbono, aire acondicionado split y termómetro digital; 106 plantines en germinadores; y otras en un invernadero externo), 458,72 gramos de flores y marihuana compactada (equivalente a unos 611 cigarrillos), una balanza digital, 68 frascos (38 vacíos y 30 con restos), bolsitas para fraccionar etiquetadas “Rosin Bas x 10”, una prensa con gato hidráulico y medidor de temperatura, fertilizantes profesionales, pulverizadores, coladores, tijeras de poda, espátulas con residuos de aceite de cannabis y un sofisticado sistema de ventilación.

Pese a esta evidencia, Díaz Vélez consideró que todo respondía a un “uso medicinal” para tratar supuestas patologías de los imputados (cervicalgia crónica y trastorno de ansiedad generalizado). Argumentó que no se habían incautado dinero en baja denominación, anotaciones ni conversaciones que indicaran comercio, por lo que no existía “finalidad lucrativa”. Interpretó el exceso como una mera “infracción administrativa” amparada en el REPROCANN y una Resolución del Ministerio de Salud. Ordenó destruir solo una parte de los plantines excedentes, restituir plantas “en forma proporcional” y devolver todos los elementos, incluida la balanza, las lámparas, la prensa hidráulica y los fertilizantes.

Los imputados contaban con carnets del REPROCANN emitidos en febrero de 2023, pero el cultivo superaba ampliamente los límites legales (máximo 9 plantas florecidas y 40 gramos de flores secas por persona). No estaba registrado como “cultivo solidario” (obligatorio cuando varias personas comparten el mismo domicilio), y la infraestructura profesional —con tecnología de alto consumo energético y elementos de fraccionamiento— contradecía el supuesto fin terapéutico. El fiscal federal Agustín Chit había señalado que no se halló aceite de cannabis (la forma habitual de consumo medicinal) y que el despliegue excedía con creces lo razonable para uso personal.

Ahora, la Cámara Federal de Tucumán revocó ese sobreseimiento tras el planteo apelatorio del fiscal Rafael Alberto Vehils Ruiz. En una resolución reciente, el tribunal consideró que, si bien no hay elementos suficientes por el momento para probar dolo específico de comercialización, la magnitud del material secuestrado y el despliegue logístico superan con creces lo compatible con consumo personal o medicinal. Por ello, ordenó el procesamiento de Sosa y sus coimputados por el delito de tenencia simple de estupefacientes (artículo 14 de la ley 23.737).

Los camaristas enfatizaron que “el sobreseimiento sólo procede cuando la inexistencia del delito o la falta de responsabilidad surge de manera clara e inequívoca, lo que no ocurre en este caso”. Destacaron que la causa aún está en etapa incipiente y restan medidas probatorias relevantes, como citar al médico que extendió las inscripciones al REPROCANN, evaluar las condiciones de salud reales de los imputados y requerir documentación oficial al registro. La Cámara coincidió parcialmente con el fiscal en que el fallo de primera instancia había sido arbitrario al omitir valorar indicios como la escala del cultivo, la tecnología empleada y la ausencia de productos medicinales elaborados.

Esta revocación llega en un contexto donde Sosa ya se encuentra detenido con prisión preventiva en el penal de Benjamín Paz, acusado del brutal homicidio de Erika Antonella Álvarez (cuyo cuerpo fue hallado en enero de 2026 en un basural de Manantial Sur, con signos de violencia extrema y nudos de estilo militar). La decisión de la Cámara Federal, aunque referida exclusivamente a la causa de drogas, pone en evidencia los “convenientes tiempos” de cierta Justicia que, durante meses, había mirado para otro lado frente a un expediente cargado de pruebas. Ahora, al menos en esta causa, se revierte lo que muchos consideraron un fallo aberrante.

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