Promulgan la Ley de acoso callejero en Tucumán

La violencia de género es una gran problemática social que azota a la provincia. En la jornada de hoy, el gobernador, Osvaldo Jaldo, promulgó la Ley Provincial N° 9.494 de Acoso Callejero, conforme al Artículo 71 de la Constitución Provincial.

El pasado 8 de febrero, la Legislatura de Tucumán aprobó un proyecto de ley para prevenir y sancionar el acoso callejero en Tucumán. Hoy, Jaldo firmó el documento de promulgación junto al ministro de Seguridad, Eugenio Agüero Gamboa.

En su Artículo 1° se modificó la Ley N° 8.981 de Emergencia por Violencia contra la Mujer e incorporó: “La prevención y sanción del acoso sexual de carácter verbal o físico, en espacios públicos o con acceso de público, que implique hostigamiento, maltrato o intimidación y que afecte en general la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física y moral de las personas, sin distinción de sexo, identidad u orientación sexual”.

Además, la norma modificó la Ley N° 5140 (Contravenciones Policiales): “EI arresto por contravenciones policiales no podrá exceder de noventa días y se aplicará según los casos determinados en la presente Ley. Los días de arresto son periodos ininterrumpidos de veinticuatro horas”.

También legisló: “Quien acosare sexualmente a otro en espacios públicos o con acceso de público, será sancionado con hasta noventa días de arresto o noventa días de multa, siempre que el hecho no constituya delito. Se entiende por violencia contra las mujeres en el espacio público o acoso callejero, aquella ejercida contra las mujeres por una o más personas, en lugares públicos o de acceso público, como medios de transporte o centro comerciales, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y generen un ambiente hostil u ofensivo. Se consideran circunstancias agravantes: Si el acoso es realizado por dos o más persona. Si la victima tiene menos de dieciocho años o más de sesenta años de edad. Si el acto está basado en la desigualdad de género»

Además, se instruyó al Ministerio de Educación de la Provincia para que incluya en los contenidos mínimos curriculares, temáticas sobre «violencia contra las mujeres en el espacio público», conocida como «acoso callejero».

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