Para el Colegio de Abogados, el proyecto de Aborto es inconstitucional

El Colegio de abogados de Tucumán, mediante resolución de su Consejo Directivo, se expidió sobre la constitucionalidad del proyecto de interrupción voluntaria del embarazo.

Todo comenzó el pasado 23 de diciembre, en la sesión ordinaria del nuevo Consejo Directivo del Colegio de abogados. Ese día, se presentaron distintos pedidos, encabezados por el Dr. Rodolfo Terán, presidente saliente del Tribunal de ética y disciplina, y por la Dra. Stella Maris Carrera. Ellos solicitaron que el Colegio se expida respecto del proyecto de Ley de despenalización y legalización del aborto.

A raíz de ello, la institución que dirige a los abogados del Centro judicial capital decidió resolver expedirse sobre la constitucionalidad y convencionalidad del proyecto de ley.

En dicho entendimiento, los peritos en derecho resolvieron que el citado proyecto no pasa el llamado test de constitucionalidad y convencionalidad.

La mencionada resolución se apoya en el art.75 incluso. 22 de nuestra Constitución Nacional, que le otorga maxima jerárquica a los tratados de derechos humanos, entre los que se encuentra la Convención Internacional de Derechos del Niño la cual tiene previsto y reconoce como persona desde la concepción.

En dicho razonamiento, los letrados, conducidos por el nuevo presidente Rodolfo Gilli, sostuvieron que el proyecto de ley no pasa el test de Constitucionalidad y convencionalidad, ya que implica un retroceso y por tanto regresión en relación a estos derechos ya consagrados en la cúspide de nuestro diseño Constitucional. Existe una prohibición expresa, en la Convención Interamericana de derechos humanos Pacto de San José de Costa Rica, que prohíbe la regresión de los derechos consagrados.

En definitiva, los colegiados sustentaron su posición conjugando los arts. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional el art. 4 y 26 de la CIDH y la Convención Internacional de los Derechos del Niño completa.

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