Sin pruebas, no hay justicia

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán dispuso la oralidad en el fuero civil a partir del año 2018, pero todo cambió a raíz de la actual pandemia.

Todo comenzó cuando la Corte Suprema de Justicia en aras de lograr mejorar los tiempos de duración de los procesos judiciales, dictó la Acordada N°1079/2018 que implementaba las oralidad en los procesos civiles en la búsqueda de una mayor celeridad de los mismos.

Sin embargo, el 16 de Marzo a raíz de las medidas sanitarias ordenadas por el P.E., el máximo tribunal de la provincia suspendió todas la actividades presenciales, restringiendo su funcionamiento únicamente para casos de urgencia, como ser medidas cautelares, cuestiones de carácter alimentario y amparos, entre otros.

Ahora bien, con la vuelta a la actividad valiéndose del sistema conocido como SAE y de la digitalización del expediente, quedó un escollo que pasaría inadvertido y como consecuencia de esto, los procesos judiciales en un porcentaje significativo, no pueden avanzar al día de hoy.

La Corte Suprema dictó la Acordada Nº 288/20, que dispuso aprobar el Protocolo para el cumplimiento de actividades presenciales y remotas. De esta manera, era posible llevar adelante mediante sistemas remotos (Video conferencia) las audiencias referidas a la etapa probatoria de los procesos.

Con ello pareciera que el problema se encontraba resuelto y que podrían llevarse a cabo las audiencias de ofrecimiento y producción de prueba, pero al contrario, no es lo que ocurre en la Provincia.

Los procesos judiciales que dependen de la realización de estas audiencias se encuentran suspendidos, lo que implicaría una verdadera denegación del servicio de justicia.

La acordada N° 342/20 que dispone llevar adelante las audiencias de oralidad plantea la inconveniencia de realizar las audiencias de forma presencial.

Sin embargo el verdadero problema radica en la acordada N° 342/20 no tiene aplicación operativa, y por tanto los procesos civiles de la justicia no pueden realizar estas audiencias cuando llegan a esta etapa de prueba.

Sin pruebas no hay proceso, sin proceso no hay justicia, y sin justicia no hay estado de derecho.

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