La causa Vélez se convierte de a poco en símbolo nacional de las falsas denuncias

La causa Vélez salió esta mañana del expediente tucumano y entró, como ejemplo, en la campaña nacional contra las falsas denuncias. Andrea Robledo de Guacci, esposa del exentrenador de selecciones femeninas Diego Guacci e impulsora del proyecto que la senadora Carolina Losada lleva en el Senado, publicó en X un video de la denunciante con una frase que ya no discute el Hilton: «Hiciste tanto daño. Destruiste familias. Lo sabés y hacés un video de víctima». El post, que a mediodía superaba el millar de adhesiones, dice que la joven hizo falsas denuncias de abuso contra los jugadores de Vélez y que hoy está investigada junto con su abogada Patricia Neme y con funcionarios, entre ellos el diputado Carlos Cisneros.

Guacci no es una comentarista ocasional del caso. Su biografía en la red se define como esposa del entrenador, madre, y parte del proyecto del Senado contra las falsas denuncias, que ella trata como un crimen, con la marca 9S y el Frente de Mujeres Argentinas. El frente, según contó ella misma, nació de mujeres que se reconocieron como víctimas detrás de una víctima, y encontró en Losada la firma parlamentaria: el proyecto agrava la falsa denuncia, el falso testimonio y el encubrimiento, y sube la escala cuando el hecho imputado es de violencia de género, contra la integridad sexual o involucra a menores. Hoy el artículo 245 del Código Penal prevé multa y prisión de dos meses a un año; la iniciativa, que en mayo obtuvo dictamen en el Senado, propone de uno a tres años y, en esos supuestos, de tres a seis.

El caso propio que la llevó a esa tribuna es el de su marido. En 2020, jugadoras con pasado en la Selección —entre ellas Aldana Cometti, Gabriela Garton, Luana Muñoz y Camila Gómez Ares— declararon ante la FIFA, a través de FIFPRO, acoso y abuso. La Cámara de Investigación del organismo recomendó sanción. La familia sostiene que se trató de denuncias falsas, demandó por daños en el Juzgado Civil N° 55 y exhibe una resolución de ese fuero como declaración de inocencia, la primera que ella presenta como tal en un caso de violencia de género. Las jugadoras, patrocinadas por Andrea Lucangioli, reconvinieron y hay una investigación por calumnias e injurias en ambos sentidos. Guacci habla desde ese litigio, no desde una sentencia penal firme contra las futbolistas.

Lo que el post toma de Tucumán es el tramo que la Corte dejó firme el 11 de septiembre. La sentencia 1343, de Estofán, Leiva, Posse y Forte, rechazó la queja de la denunciante y confirmó el sobreseimiento de Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Ignacio Florentín, dictado por Augusto Paz Almonacid el 30 de diciembre de 2025 con el estándar de certeza negativa: el encuentro de la habitación 407 del Hilton Garden Inn, la noche del 2 al 3 de marzo de 2024, existió y no fue delito. Ese cierre no condena a la denunciante. La investigación que sigue, y que Guacci da por falsa denuncia ya probada, es otra: la federal por trata, en la que el fiscal pidió indagatoria de Cisneros, Neme y Juan Federico Petraglia, y el legajo provincial por falso testimonio y estafa procesal, todavía sin sentencia.

hizo falsas denuncias de abuso contra los jugadores de Vélez. Hoy está investigada junto con su abogada Neme, y funcionarios del Estado como el diputado Cisneros.

Un usuario tucumano había preguntado, sobre el mismo video, si esa mujer era quien denunció a los jugadores de Vélez y si todo había resultado falso; Guacci contestó que sí, y a las pocas horas insistió en que faltan condenas. La causa Vélez entra en esa discusión con un sobreseimiento firme y con imputados que todavía no tienen condena, que es el punto en el que el post de esta mañana la convierte en bandera.

Trata de personas, donde la causa se hace más compleja

El 30 de diciembre de 2025, al sobreseer a los cuatro futbolistas, Augusto Paz Almonacid ordenó remitir copia del legajo al Fiscal General Federal para que se investigara la posible comisión del delito de trata de personas, y de esa derivación nació la causa 23/2026, caratulada «Cisneros Carlos Aníbal y otros s/ infracción ley 26.364», que tramita ante el Juzgado Federal N° 2 con el juez subrogante Guillermo Díaz Martínez y el fiscal subrogante Rafael Vehils Ruiz. El dictamen 269/2025, del 11 de marzo de 2026, no convierte el encuentro de la habitación 407 en trata: sitúa la hipótesis después, en un supuesto sometimiento de la voluntad de la denunciante para sostener un relato que ella misma había contradicho ante su entorno, y discute los artículos 145 bis y 145 ter del Código Penal.

El 14 de septiembre Díaz Martínez citó a indagatoria, con el estándar del artículo 294 —motivo bastante de sospecha—, a Cisneros, a Patricia Neme y a Federico Petraglia, empleado de la Caja Popular en licencia gremial, para el 28, el 29 y el 30 a las 9.30. El 10 de marzo el juzgado ya había oficiado a Martín Menem para informarle que investigaba a un diputado nacional por trata «con hipótesis razonable», a los fines institucionales que pudieren corresponder, sin pedir el desafuero del artículo 70, el único que habilita el arresto de un legislador. En paralelo sigue el legajo provincial por falso testimonio, instigación al falso testimonio, estafa procesal, adulteración de evidencia digital y asociación ilícita, que es el tramo en el que la frase de Guacci tendría que convertirse en condena y todavía no lo hizo.

La hipótesis que Vehils Ruiz hizo leer en la audiencia de Petraglia, el 30 de septiembre, distingue tres momentos: el encuentro inicialmente consentido, la intervención inmediata de personas con influencia sobre la joven en la Caja —Petraglia, Cisneros y Neme— sobre su relato y sus decisiones, y la consolidación de lo que la fiscalía llamó sometimiento funcional, una explotación laboral que no es un taller ni una jornada forzada sino el uso de una persona como instrumento. Petraglia, el único de los tres que se sentó frente al fiscal, negó el hecho y se abstuvo de declarar; no explicó el pedido de cámaras que el 4 de marzo de 2024, a las 19.30, hizo al gerente del Hilton, David Robles, dos días antes de la denuncia formal. Cisneros, el 28 a las 13.50, y Neme, el 29, dejaron escritos, pidieron el sobreseimiento y afirmaron que la joven actuó con autonomía, sin recoger el mensaje del 7 de noviembre de 2025 en el que ella se describió prisionera y obligada a cumplir órdenes.

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