El infierno de Villa Alem: Revelan el historial de violencia del hombre de 76 años que fue ultimado por su esposa mientras dormía

Nuevos elementos testimoniales e incorporaraciones al expediente judicial reconstruyen el contexto de sometimiento sistemático que precedió a la muerte de Manuel Hipólito Rodríguez en un domicilio del barrio Villa Alem, en el sector sur de la capital. Mientras la Fiscalía de Homicidios a cargo de Carlos Sale analiza la encrucijada procesal del caso, las declaraciones formuladas por el entorno familiar de Blanca Susana Argatt, de 79 años, exponen décadas de agresiones físicas, psicológicas y episodios de violencia intrafamiliar ejercidos por la víctima fatal.

De acuerdo con las actuaciones policiales labradas por los comisarios Susana Monteros, Diego Bernachi y Miguel Carabajal, el hecho ocurrió el lunes 7 de septiembre cuando la mujer le disparó a Rodríguez en el tórax y la cabeza mientras dormía. Tras el suceso, Argatt notificó a sus allegados sobre el desenlace. La investigación permitió establecer que la ausencia de denuncias previas ante las autoridades obedeció al temor infundado por el agresor, quien amenazaba a su entorno con tomar represalias letales amparándose en sus antecedentes penales, los cuales incluían una condena cumplida por un homicidio perpetrado en el año 2000 y la portación constante de un arma de fuego sin autorización legal.

El plexo probatorio reunido por los investigadores sumó además relatos de desprotección intrafamiliar, tales como la huida de los hijos del hogar durante su minoría de edad y prohibiciones coercitivas impuestas a la imputada, a quien se le impidió asistir al velatorio de una de sus hijas. Frente a este cuadro, el fiscal Sale resolvió no aplicar medidas privativas de la libertad contra Argatt, ordenando su traslado a la residencia de un familiar bajo contención profesional a la espera de la resolución sobre la imputación formal.

La estrategia de la defensa, conducida por Álvaro Zelarayán, apunta al sobreseimiento definitivo de la imputada bajo la doctrina de la «legítima defensa extendida» o de «superación del requisito de inminencia estricta». La jurisprudencia en materia de violencia machista contempla que el estado de sometimiento continuo constituye un peligro permanente para la vida de la víctima, marco doctrinario que valida la conducta defensiva aun en escenarios donde el agresor no ejerce una acción física directa en el instante preciso del hecho.

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