Brasil prohíbe las constelaciones familiares en casos de violencia: decisión judicial

Brasil ha establecido una frontera clara en el ámbito judicial respecto a qué métodos pueden emplearse en casos de violencia de género. La Cámara de Diputados sancionó una iniciativa que veta la utilización de las conocidas como constelaciones familiares en tribunales y en mecanismos de resolución alternativa de conflictos, al considerar que carecen de respaldo científico y conllevan un riesgo evidente de revictimización.

El Congreso brasileño avanzó con un proyecto legislativo que restringe el uso de las constelaciones familiares dentro del sistema de justicia, incluso en procesos de mediación. Esta determinación llega después de numerosas advertencias de entidades profesionales –entre ellas el Consejo Federal de Psicología– sobre los efectos perjudiciales de esta práctica en contextos de violencia doméstica y de género.

El detonante no fue teórico: estas metodologías habían empezado a aplicarse en causas delicadas, incluyendo denuncias por violencia intrafamiliar, bajo el argumento de «reordenar vínculos» o «pacificar conflictos».

El cuestionamiento surgió desde el ámbito legislativo, académico y profesional. Psicólogos, especialistas en género y operadores judiciales alertaron que las constelaciones familiares no solo no tienen aval científico, sino que se basan en una concepción jerárquica y esencialista de la familia.

En ese marco, la violencia queda difuminada: el agresor suele ser presentado como alguien a quien hay que «comprender», mientras la víctima queda atrapada en narrativas de culpas heredadas, destinos familiares o responsabilidades compartidas.

La explicación jurídica, sin rodeos

El derecho no es neutral. Cuando una práctica sin base científica se introduce en procesos judiciales, el Estado no solo la tolera: la legitima. En casos de violencia de género, esto es especialmente grave. Allí existe una obligación reforzada de protección, escucha y credibilidad hacia las personas agredidas. Cualquier metodología que equipare a las partes, diluya asimetrías de poder o relativice la responsabilidad del agresor entra en colisión directa con los estándares de derechos humanos y con la perspectiva de género.

El proyecto aprobado prohíbe de manera expresa el uso de constelaciones familiares en el ámbito judicial. El fundamento es claro: no todo lo empático es justo, no todo lo simbólico es reparador y no todo lo alternativo es compatible con la obligación estatal de garantizar derechos.

Brasil decidió trazar un límite ético y epistemológico: la apertura a enfoques interdisciplinarios no puede convertirse en permisividad frente a prácticas que revictimizan y banalizan la violencia.

La discusión trasciende a Brasil. Interpela a toda la región y, en particular, a sistemas judiciales que vienen incorporando dispositivos «innovadores» sin evaluar su impacto real.

El mensaje es contundente: la justicia no está para «sanar almas», reordenar destinos ni estetizar el sufrimiento. Está para nombrar la violencia, reconocerla como tal y actuar en consecuencia para proteger a la víctima y sancionar a los agresores. Cuando el derecho relativiza, la violencia no desaparece: se institucionaliza.

Fuente: Artículo de Matías Leandro Rodríguez, publicado en Diario Judicial, 15/01/2026.

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