El Tribunal de Cuentas de la Provincia (TC) ordenó suspender de forma precautoria la implementación de un contrato promovido por el Ministerio de Seguridad para el transporte diario de agentes penitenciarios hacia el Complejo de Benjamín Paz, tras identificar una serie de irregularidades jurídicas, contables y presupuestarias que deben ser corregidas antes de proceder con la contratación.
La decisión quedó establecida en el Acuerdo N° 8, fechado el 12 de enero de 2026, en el marco del control de legalidad preventivo del Decreto Nº 4.009/7 (SES), emitido por el Poder Ejecutivo el 30 de diciembre de 2025. Este instrumento autoriza la contratación directa de las empresas MA.LE.BO S.A.S. y BUSCOR SRL por una suma total de $1.752.000.000, para brindar el servicio de traslado de hasta 422 efectivos del Servicio Penitenciario, durante un período de 12 meses.
De acuerdo al plan aprobado por el Ejecutivo, cada firma debía operar con cinco unidades de transporte de pasajeros, cedidas en comodato por el propio Servicio Penitenciario, realizando dos viajes diarios por vehículo, todos los días del año, incluyendo feriados, con un costo establecido en $480.000 por viaje de ida y vuelta.

No obstante, al revisar la documentación, el Departamento de Contadores Fiscales del TC detectó varias inconsistencias que motivaron la intervención del órgano de control. Entre los aspectos más destacados, se indicó que «no se presenta un Informe de Autoridad Competente que justifique la razonabilidad del Monto del Servicio a Contratar», una observación fundamental dada la cuantía del gasto comprometido.
Asimismo, el informe contable, al que este medio tuvo acceso, cuestionó la viabilidad operativa del servicio, al señalar que «la capacidad actual y original de traslado de Pasajeros (32) de las Unidades cedidas en comodato, no satisface las necesidades de traslado propuestas y requeridas», y puso en duda si resulta «válido y suficiente» el informe presentado por una licenciada en Seguridad e Higiene para fundamentar el aumento en la cantidad de pasajeros transportados.
Otro punto observado fue la posible ejecución anticipada del servicio, dado que el contrato establece como fecha de inicio el 1° de enero de 2026. En ese sentido, se solicitó a la repartición que informe «si se está ejecutando la Prestación del Servicio objeto del Contrato requerido, a los efectos de determinar si la misma, a la fecha, cuenta con Principio de Ejecución».
A esto se añade la falta de documentación patrimonial, ya que «no se presenta la Planilla de Alta de Bienes Patrimoniales emitida por la autoridad competente, de las Unidades para traslado de Pasajeros adquiridas oportunamente», un requisito esencial para el uso de bienes del Estado.
Las observaciones fueron respaldadas por el Contador Fiscal General, quien sostuvo que, previo a cualquier trámite, el organismo debe «dar cumplimiento y adjuntar la documentación allí indicada», además de regularizar las cuestiones presupuestarias mediante un acto complementario.
En el ámbito económico, el Tribunal de Cuentas también requirió precisiones sobre el cambio del índice de actualización de precios, ya que se sustituyó el Índice de Precios al Consumidor (IPC) previsto en el pliego por el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM). Al respecto, el acuerdo dispone que se «fundamente de manera expresa la modificación del índice de actualización de precios (…) justificando técnicamente la adopción del IPIM (…) y explicando su impacto económico y presupuestario».
Frente a este escenario, el Tribunal resolvió requerir formalmente al Ministerio de Seguridad que subsane todas las observaciones detalladas en los considerandos, dejando expresamente establecido que «los plazos del presente Control Preventivo no se encuentran corriendo» y que solo comenzarán a computarse una vez que el expediente vuelva a ingresar con los requerimientos cumplidos.
Además, el organismo de control fue categórico al advertir a la repartición que debe abstenerse de ejecutar el acto administrativo bajo análisis, al indicar que no podrá avanzarse con la contratación «hasta tanto este Organismo de Contralor se expida en definitiva».
La resolución lleva la firma de los vocales Sergio Miguel Díaz Ricci y Marcelo Vidal (el presidente Miguel Chaibén Terraf se encuentra de licencia).
