La audiencia de hoy 30 de diciembre de 2025 marcó un punto de quiebre definitivo en la causa conocida como Caso Vélez. En una resolución extensa y fundada, el juez Augusto José Paz Almonacid no sólo rechazó el pedido de nulidad y exclusión probatoria, sino que sobreseyó a los cuatro futbolistas imputados y ordenó remitir el expediente completo a la Justicia Federal para investigar la posible comisión de un delito de competencia federal, un giro que reconfigura por completo el sentido del proceso.
La decisión judicial cerró de manera contundente la hipótesis de abuso sexual con acceso carnal que durante meses dominó la escena mediática y judicial. El magistrado resolvió no hacer lugar a la nulidad solicitada por la querella, confirmando la validez de las pericias y de toda la actividad procesal cuestionada. Ese rechazo fue el primer dato clave: la prueba que incomodaba quedó firme.
El derrumbe de la acusación y el sobreseimiento total
En el mismo acto, el juez dispuso el sobreseimiento de José Ignacio Florentín Bobadilla, Braian Ezequiel Cufré, Abiel Alesio Osorio y Carlos Sebastián Sosa Silva, por los hechos que les habían sido imputados como abuso sexual con acceso carnal, agravado por la pluralidad de autores y, en el caso de Sosa, incluso como partícipe secundario en concurso real.
La resolución es categórica: no existieron elementos suficientes para sostener la acusación, lo que habilita el sobreseimiento conforme al artículo 251, inciso 3, del Código Procesal Penal de Tucumán. Con esta decisión, los jugadores quedaron definitivamente desligados del proceso penal y se ordenó el levantamiento de todas las medidas restrictivas y cauciones una vez que la sentencia quede firme .
La prueba que sobrevivió y cambió el eje del caso
El dato más relevante del acta no es sólo lo que se cerró, sino lo que se abrió. Al rechazar la nulidad, el juez mantuvo vigente todo el material probatorio incorporado, incluidas las pericias técnicas sobre dispositivos electrónicos, que habían sido el blanco principal de los planteos de la querella.
Es precisamente esa prueba la que permitió modificar el eje del expediente. La validación judicial de ese material dejó al descubierto incongruencias, resignificaciones posteriores del relato y la intervención de terceros, elementos que ya no encajan en la figura de un delito contra la integridad sexual, pero que sí activan la sospecha de otros ilícitos de mayor complejidad.
El salto al fuero federal
Con ese cuadro, el juez fue más allá del sobreseimiento. En el punto VIII de la resolución, ordenó al Ministerio Público Fiscal remitir copia completa del legajo S-020390/2024 al Fiscal General Federal con sede en Tucumán, conforme lo solicitado por las defensas técnicas, para la investigación de la posible comisión de un delito de competencia federal.
La decisión no es simbólica. Implica reconocer que del expediente surgen indicios que exceden la jurisdicción provincial, y que podrían encuadrar en figuras que requieren la intervención de la Justicia Federal. El acta no adelanta calificaciones, pero el solo hecho de ordenar la remisión marca que el problema ya no es lo que se denunció, sino cómo y para qué se denunció.
Qué significa este cambio de escenario
Desde el punto de vista institucional, el fallo consagra tres conclusiones de enorme impacto. Primero, que la acusación original fue descartada de manera total, con sobreseimiento pleno de los imputados. Segundo, que la prueba técnica resistió todos los intentos de anulación, lo que refuerza su peso jurídico. Y tercero, que el Estado judicial considera necesario investigar ahora un posible delito federal, desplazando el foco desde los jugadores hacia el entramado que rodeó la denuncia.
La causa Vélez, tal como fue presentada durante meses, quedó jurídicamente clausurada. Lo que comienza ahora es otra cosa: una etapa donde el objeto de investigación ya no será un supuesto abuso, sino la eventual existencia de maniobras, coordinaciones o delitos más complejos, cuya determinación quedará en manos del fuero federal.
Un fallo que reordena responsabilidades
La resolución también rechazó el pedido de sanciones contra los abogados de la querella y fijó costas a la parte vencida, cerrando así el capítulo provincial del expediente. A partir de ahora, cualquier responsabilidad penal se discutirá en otro ámbito y con otros parámetros.
Lo ocurrido el 30 de diciembre no fue una simple audiencia de cierre. Fue una redefinición completa del caso, que confirmó lo que El Federalista había anticipado: que la clave no estaba en forzar una hipótesis insostenible, sino en seguir la prueba hasta sus últimas consecuencias, aun cuando eso implicara cambiar de jurisdicción y de protagonistas.
Con el expediente ya en camino a la Justicia Federal, el Caso Vélez deja de ser una causa contra futbolistas y se convierte en una investigación sobre el uso del sistema penal, y de la utilización de una persona para armar una causa sus posibles desvíos y las responsabilidades que de allí puedan surgir. Aquí está el acta en PDF.
velez 30-12-25
