La audiencia celebrada hoy viernes en el marco del Caso Vélez dejó expuesto un punto central que atraviesa el planteo de nulidad impulsado por la querella: las pericias tecnológicas que ahora se pretende anular nunca fueron cuestionadas en su momento y solo comenzaron a ser objetadas cuando sus resultados resultaron contrarios a los intereses de la defensa de la supuesta víctima.
Así lo señalaron de manera coincidente tanto el Ministerio Público Fiscal como los abogados defensores de los futbolistas imputados, quienes remarcaron que no existió oposición alguna a la realización ni a la incorporación de las pericias UFED cuando fueron ordenadas, ejecutadas e incorporadas al expediente.
Durante la audiencia, el auxiliar fiscal Osvaldo Martínez Terán fue categórico al sostener que el pedido de nulidad es extemporáneo. Explicó que las pericias realizadas por el ECIF, sobre dispositivos pertenecientes a R.M. y M.C., fueron debidamente autorizadas por el juez competente, notificadas a todas las partes y producidas con cadena de custodia. En ningún momento —subrayó— la querella formuló objeciones ni impugnaciones, ni contra la medida original ni contra su ampliación posterior.
En ese sentido, el MPF advirtió que la nulidad pretendida no se funda en una violación de garantías, sino en un dato mucho más simple: el contenido de las pericias no favoreció la hipótesis acusatoria. Por esa razón, sostuvo que no es jurídicamente admisible intentar excluir una prueba válida solo porque su resultado resulta inconveniente para una de las partes.
Las defensas coincidieron con esta postura y enfatizaron que la querella participó activamente del proceso, conoció el alcance de las medidas y consintió su producción. Recién después de que los informes del ECIF comenzaron a ser utilizados por las defensas —y de que se evidenciaran contradicciones en los relatos— apareció el planteo de nulidad, lo que refuerza la idea de que se trata de un intento de borrar del expediente una prueba que se volvió contraproducente.
Otro punto destacado en la audiencia fue que, conforme al nuevo Código Procesal Penal, las audiencias son multipropósito, lo que permitió que, además del debate por la nulidad, una de las defensas solicitara el sobreseimiento de su representado. Pese a la oposición inicial de la querella, el juez admitió el tratamiento del planteo justamente porque el sistema procesal vigente habilita a abordar distintos pedidos vinculados al estado de la causa en una misma audiencia.
Finalmente, el magistrado resolvió diferir la decisión tanto sobre la nulidad de las pericias UFED como sobre el pedido de sobreseimiento, y anunció que ambas cuestiones serán resueltas el próximo lunes.
De este modo, el Caso Vélez entra en una instancia decisiva. Lo que deberá definir el juez no es solo la validez de una prueba técnica producida por peritos oficiales, sino también si es admisible que una parte intente anular medidas que consintió oportunamente únicamente porque sus resultados ya no benefician su estrategia defensiva.
