Causa Vialidad: la Justicia decomisó todos los bienes de Cristina Kirchner y Lázaro Báez

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Buenos Aires dispuso el decomiso de todos los bienes de Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Báez en la causa por administración fraudulenta contra el Estado. La medida abarca bienes inmuebles y sumas de dinero por un valor actualizado de $684.990.350.139,86.

La resolución también alcanza a otras personas condenadas y sociedades vinculadas, así como a Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, en su calidad de titulares de bienes identificados durante el proceso. La sentencia, que había quedado firme el 10 de junio de 2025, fijó inicialmente un decomiso de $84.835.227.378,04, cifra que luego fue actualizada con la intervención de peritos oficiales, fiscales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El tribunal adoptó la metodología de actualización propuesta por los especialistas y requirió a los condenados el pago del monto resultante, intimación que no fue cumplida. El decomiso incluye bienes inmuebles pertenecientes a Austral Construcciones SA, Kank y Costilla SA, Gotti Hnos. SA y Loscalzo y Del Curto SRL, además de propiedades cedidas a Máximo y Florencia Kirchner.

La medida contempla también la eventual realización de los bienes de Nelson Guillermo Periotti, José Francisco López, Mauricio Collareda, Raúl Gilberto Pavesi y Raúl Osvaldo Daruich, en caso de que los activos iniciales no alcancen a cubrir el monto fijado.

El Tribunal encomendó al Ministerio Público Fiscal precisar las circunstancias jurídicas y fácticas vinculadas a las sumas y bienes derivados del delito, así como identificar los activos en los que esos valores pudieran haberse incorporado o transformado. La Fiscalía individualizó bienes inmuebles adquiridos entre mayo de 2003 y diciembre de 2015, período delimitado como clave en el desarrollo de la maniobra delictiva.

Las defensas de los condenados -entre ellos Báez, Ganora, Pavesi y Fernández de Kirchner- y de los representantes de Máximo y Florencia Kirchner solicitaron rechazar el decomiso de los bienes identificados. Argumentaron la falta de acreditación del nexo causal entre los activos y el delito, la supuesta insuficiencia probatoria y la vulneración de principios constitucionales. También cuestionaron la inclusión de bienes adquiridos antes del ejercicio de cargos públicos y la incorporación de propiedades ya investigadas en otras causas con sobreseimientos firmes.

El Tribunal sostuvo que la sentencia firme acreditó la existencia de beneficios económicos, tanto directos como indirectos, para Báez y la familia Kirchner, derivados de la adjudicación y ejecución irregular de contratos de obra pública en Santa Cruz. Según la resolución, el decomiso abarca los bienes que «constituyen instrumentos, efectos o provecho del delito», incluso si se encuentran en manos de terceros, salvo los adquiridos «de buena fe y a título oneroso».

La decisión se apoya en normativa nacional e internacional, como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción, que obligan a los Estados a recuperar activos provenientes de delitos de corrupción. El Tribunal estableció además que el decomiso puede recaer sobre bienes transformados, sustituidos o mezclados con activos lícitos, siempre que exista una vinculación razonable y una concomitancia temporal con el delito fuente.

La medida ordena inscribir los bienes decomisados en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados y/o Comisados en Causas Penales, y notificar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que deberá resolver el destino de los inmuebles conforme a la normativa vigente. Según la resolución, la finalidad prioritaria del decomiso es «la reparación del daño causado a la administración pública y a la sociedad», en línea con los estándares internacionales.

Por último, el Tribunal aclaró que la Fiscalía conserva la facultad de identificar nuevos bienes susceptibles de decomiso durante la ejecución de la sentencia, siempre que respondan a los parámetros establecidos. El proceso de realización de los bienes se llevará adelante según las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

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