Como Tucumán, Milei lanza retiros voluntarios en Nación pero más exigentes y sin vuelta atrás

El Gobierno nacional formalizó este lunes la apertura de un nuevo régimen de retiro voluntario destinado al personal de la Administración Pública Nacional centralizada, mediante el Decreto 1203/2026, suscripto por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. La medida, publicada en el Boletín Oficial, establece un período de adhesión del 1° al 30 de noviembre de 2026 —prorrogable por única vez hasta 30 días— y busca profundizar la reducción de la planta estatal, en un esquema que se diferencia en varios aspectos centrales del Sistema de Retiro Voluntario Programado que rige en Tucumán desde 2024.

El régimen nacional alcanza exclusivamente a quienes integran la planta permanente en los términos de la Ley 25.164 o mantienen contratos por tiempo indeterminado en la administración centralizada. Quedan excluidos los organismos descentralizados, las Fuerzas Armadas y de Seguridad, el personal de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), el Servicio Exterior, el Sistema Federal de Manejo del Fuego, las orquestas, coros y ballet nacionales, así como los cargos docentes y aquellos con funciones civiles en el exterior. La adhesión no es automática: cada jurisdicción podrá rechazarla si afecta la prestación de servicios esenciales.

La norma segmenta a los potenciales beneficiarios en tres grupos, tomando como referencia la edad al 31 de octubre de 2026. Las mujeres de 58 años o más y los hombres de 63 o más que no cuenten con aportes suficientes para la jubilación ordinaria podrán optar por percibir mensualmente el 60 % de su remuneración bruta habitual —con mantenimiento de aportes y obra social— durante un máximo de 36 meses o hasta reunir los requisitos jubilatorios, o bien una gratificación única equivalente a un sueldo por año de antigüedad, con un tope de 18 remuneraciones y limitada por los meses restantes para la jubilación. Un segundo grupo, integrado por mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 con al menos 30 años de aportes, recibirá una compensación de un sueldo por año de antigüedad (máximo 18) más cinco remuneraciones adicionales. El tercero, para mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62, contempla un sueldo por año de servicio (hasta 20 remuneraciones) más un adicional de cuatro o cinco salarios según se acrediten menos de 15 años o 15 o más de antigüedad en planta permanente. Las gratificaciones de hasta 20 millones de pesos se abonarán en un único pago; los montos superiores, en cuotas mensuales de ese monto, con un máximo de tres.

Quienes adhieran verán extinguido de manera definitiva su vínculo laboral y la supresión de la partida presupuestaria correspondiente a la vacante, que no podrá ser cubierta. Además, quedarán inhabilitados para reincorporarse al Sector Público Nacional durante ocho años, bajo cualquier modalidad (empleo, contrato, asesoría o cargo), con excepción de la docencia en universidades nacionales. La norma exige, entre otros requisitos, no registrar procesos penales ni sumarios administrativos graves en curso, desistir de litigios laborales activos contra el Estado y no encontrarse en disponibilidad.

La iniciativa se inscribe en el proceso de reducción de la dotación estatal impulsado desde el inicio de la gestión. Según estimaciones oficiales citadas en medios nacionales, entre noviembre de 2023 y agosto de 2026 se produjo una baja de 74.332 agentes (21,6 %), incluyendo administración pública y empresas estatales, con un ahorro calculado en más de 2.500 millones de dólares. Fuentes oficiales estiman que unos 20.000 trabajadores serían elegibles; proyecciones previas hablaban de alrededor de 2.000 adhesiones y un costo inicial en el orden de los 116.000 a 130.000 millones de pesos. El esquema se suma a otros mecanismos recientes, como el Plan de Retiros de Voluntad Recíproca de la ANSES, que ofreció hasta 19 haberes brutos con una veda de reingreso de cinco años.

En Tucumán, el antecedente más cercano es el Sistema de Retiro Voluntario Programado establecido por la Ley provincial 9.764, sancionada en abril de 2024 e impulsada por el gobernador Osvaldo Jaldo. A diferencia del régimen nacional, se trata de un mecanismo temporario: el agente deja de prestar servicios por cuatro años, con opción de prórroga por igual plazo o hasta acceder a la jubilación. Durante ese período percibe el 70 % de los haberes normales y habituales del mes anterior a la adhesión, más el 100 % de las asignaciones familiares y el 70 % de los incrementos salariales futuros. Se mantienen las contribuciones previsionales y la cobertura de obra social. La vacante no puede ser cubierta de manera permanente ni temporaria, bajo ningún régimen de contratación; el acto que lo contravenga es nulo y genera responsabilidad administrativa y económica para el funcionario.

Diferencias clave entre el régimen nacional y el tucumano

Aspecto Nación (Decreto 1203/2026) Tucumán (Ley 9.764)
Naturaleza del régimen Desvinculación definitiva; la vacante se suprime presupuestariamente y no puede cubrirse. Retiro programado temporario por cuatro años, con opción de prórroga por igual plazo o hasta la jubilación.
Remuneración 60 % mensual (hasta 36 meses) o gratificación única según grupo de edad y aportes; topes de 18 a 20 remuneraciones. 70 % de los haberes del mes anterior + 100 % de asignaciones familiares + 70 % de los incrementos salariales futuros.
Reingreso al Estado Inhabilitación de ocho años para reincorporarse al Sector Público Nacional (excepto docencia universitaria). Posibilidad de reintegrarse al mismo puesto y categoría al finalizar el período.
Desempeño en el sector privado No corresponde, dado que el vínculo laboral se extingue de manera definitiva. Permitido de forma simultánea durante el retiro.
Cobertura de la vacante Suprimida; no puede ser cubierta. No puede cubrirse de manera permanente ni temporaria; el acto que lo haga es nulo.

El esquema tucumano permite, en la práctica, el desempeño simultáneo en el sector privado. Al finalizar el período, el agente puede reintegrarse a su puesto en la misma categoría y condiciones que tenía al momento de la solicitud, sin derecho a las promociones escalafonarias producidas en el ínterin. Quedan exceptuados, entre otros, el personal de las fuerzas de seguridad, los docentes con funciones frente a alumnos y quienes se encuentren en uso de licencias sin goce de sueldo o por afecciones de largo tratamiento. La adhesión está sujeta a razones de servicio y no se resuelve favorablemente para funciones consideradas imprescindibles.

Según un informe de la Secretaría de Gestión Pública y Planeamiento en abril de 2025, entre mayo de 2024 y la primera quincena de abril de 2025 se habían otorgado 1.137 retiros en el ámbito del Poder Ejecutivo (sin incluir Poder Judicial ni Legislatura), con otros 400 expedientes en trámite y 67 solicitudes denegadas. El perfil predominante era de agentes de entre 40 y 49 años (casi la mitad) y con formación universitaria (más del 50 %). Las áreas con mayor número de adhesiones incluían la Caja Popular de Ahorros (269), Desarrollo Social (114), Economía y Producción (100), el Sistema Provincial de Salud (88) y Educación (81). El plazo de acogimiento, prorrogado sucesivamente, venció a fines de mayo de 2025.

Mientras el régimen nacional apunta a una desvinculación definitiva, con eliminación presupuestaria de la vacante y una inhabilitación prolongada de reingreso, el esquema tucumano funciona como un retiro programado y reversible, que reduce la planta activa y el gasto inmediato pero preserva el derecho a reintegrarse y habilita la inserción privada. Ambos mecanismos responden a una lógica de contención del gasto público, aunque con alcances, temporalidades y consecuencias distintas sobre la estructura del Estado y los derechos de los agentes.

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