La Corte Suprema cerró el caso Stoyanoff y confirmó su destitución como juez tucumano

El máximo tribunal de la Nación rechazó el planteo de Orlando Velio Stoyanoff Isas y dejó firme su remoción como juez Civil en Familia y Sucesiones de Tucumán. Consideró que no existieron irregularidades en el proceso que justificaran revisar la decisión del Jurado de Enjuiciamiento.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la destitución de Orlando Velio Stoyanoff Isas, quien ocupaba el cargo de juez Civil en Familia y Sucesiones de Tucumán. El máximo tribunal entendió que el procedimiento que terminó con su remoción respetó las garantías constitucionales y que no existieron motivos para intervenir sobre la decisión del Jurado de Enjuiciamiento provincial.

El fallo fue firmado por Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. Los magistrados aplicaron el criterio restrictivo que rige para la revisión judicial de las decisiones adoptadas por órganos políticos de enjuiciamiento.

El expediente se originó en un episodio ocurrido el 11 de junio de 2021, que tuvo una amplia repercusión pública a partir de un video. Las imágenes mostraron a Stoyanoff durante una persecución a Franco Azán. En ese contexto, el entonces juez le gritó, le dio una patada y levantó su motocicleta para luego arrojarla contra el pavimento.

El Jurado de Enjuiciamiento consideró que aquella conducta resultó incompatible con las responsabilidades propias de un magistrado. En su resolución señaló que existió una “falta de cortesía, decoro y tacto y poniendo en crisis el buen orden y la dignidad del servicio de justicia que integraba”.

Para el órgano encargado del proceso de destitución, el episodio adquirió una dimensión mayor por la función que ejercía Stoyanoff. El Jurado sostuvo que, una vez desaparecido el supuesto riesgo, el juez respondió con una violencia que implicó una “enorme gravedad institucional”.

También estableció una diferencia entre las obligaciones de un ciudadano común y las exigencias que pesan sobre quienes ejercen la magistratura. En ese sentido, afirmó que “existen pautas de conductas esperables de un magistrado… a modo de contrapartida, se les exige una conducta ética especial en todo momento… un plus que vaya más allá de lo esperable de cualquier persona”.

Qué evaluó la Corte Suprema

El planteo llegó al máximo tribunal después de que Stoyanoff cuestionara su destitución. Sin embargo, la Corte Nacional recordó que su intervención en este tipo de procesos posee un alcance limitado.

Los jueces señalaron que “solo patentes violaciones a las reglas del debido proceso y a la garantía de defensa en juicio podrán tener acogida ante estos estrados”. A criterio del tribunal, esas irregularidades no aparecieron en el expediente.

La Corte también advirtió que los cuestionamientos del exjuez no apuntaron a demostrar una vulneración de sus garantías. Según el fallo, estuvieron dirigidos “pura y exclusivamente, a discutir el modo en que el Jurado de Enjuiciamiento provincial valoró los hechos y la prueba para subsumirlos en la causal de destitución”.

Para los ministros, ese planteo no alcanzó para habilitar una revisión de la decisión provincial.

Otro elemento que tuvo peso en la resolución fue el reconocimiento del propio Stoyanoff sobre lo ocurrido. La Corte destacó que el exmagistrado admitió la falta y reconoció que su conducta fue “violento y reprochable”. También tomó en cuenta que pudo ejercer su defensa y presentar pruebas durante el proceso.

Con esos elementos, el máximo tribunal consideró que la valoración realizada por el Jurado contó con fundamentos suficientes. El episodio, según la sentencia, alcanzó para “afectar irremediablemente la confianza pública en el acusado y en la justicia provincial”.

El reclamo que había presentado en Tucumán

Antes de recurrir a la Corte Suprema nacional, Stoyanoff llevó su reclamo ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. El tribunal provincial rechazó su planteo.

Los jueces tucumanos advirtieron que una revisión sobre la valoración efectuada por el Jurado de Enjuiciamiento podía alterar el esquema constitucional de atribuciones. En ese sentido, hablaron de una “mutación constitucional prohibida”.

El argumento central fue que el Poder Judicial no puede convertirse en la instancia que defina el resultado de un proceso cuya resolución corresponde al órgano político establecido por la Constitución provincial.

Stoyanoff, por su parte, cuestionó con dureza la sanción. Definió su destitución como una “mega desproporción; injusta y sin razón”. También intentó relativizar el episodio al describirlo como un “mero incidente callejero de los múltiples que se ven a diario en este ámbito tucumano; un exabrupto diríamos más propiamente”.

El exjuez sostuvo además que su reacción respondió a una amenaza. Recordó que después del episodio pidió disculpas públicamente y reparó los daños materiales. Con ese argumento, planteó que la destitución resultaba excesiva porque la legislación provincial no contemplaba sanciones intermedias.

La Corte Suprema rechazó esa interpretación. Para el tribunal, las disculpas posteriores y la reparación económica no modificaron la gravedad del comportamiento que provocó el proceso de destitución.

En el fallo, los ministros concluyeron que la conducta posterior “en nada repercute sobre su gravedad ni aminora las repercusiones de lo ocurrido”.

Con esta decisión, la Corte Suprema dejó firme la salida de Stoyanoff del Poder Judicial tucumano. El máximo tribunal volvió a remarcar que quienes ejercen la magistratura tienen exigencias adicionales por la función institucional que desempeñan y por el impacto que sus conductas pueden generar sobre la confianza en la Justicia.

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