Qué establece la Ley de Glaciares y cuáles son los principales cambios que propone su reforma

La Ley de Glaciares (26.639), sancionada en 2010, establece presupuestos mínimos de protección para los glaciares y el ambiente periglacial, considerándolos reservas estratégicas de agua dulce para consumo humano, agricultura, recarga de cuencas hidrográficas, biodiversidad, investigación científica y turismo. La norma prohíbe actividades que puedan alterar su estado natural, entre ellas la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias, la construcción de infraestructura no vinculada a la ciencia y la liberación de sustancias contaminantes.

La ley define como glaciar toda masa de hielo estable o en lento movimiento y extiende la protección al ambiente periglacial (suelos congelados que regulan el recurso hídrico). Crea además el Inventario Nacional de Glaciares a cargo del IANIGLA-Conicet, que identifica y actualiza periódicamente estos cuerpos de hielo y geoformas asociadas. Cualquier actividad en zonas protegidas debe someterse a evaluación de impacto ambiental con participación ciudadana.

El proyecto de reforma impulsado por el Poder Ejecutivo busca “aclarar” la norma y fortalecer el federalismo ambiental. Entre los cambios centrales se destacan:

  • Limitar la protección solo a aquellos glaciares y ambientes periglaciares que cumplan una “función hídrica efectiva y relevante” para la recarga de cuencas, en lugar de protegerlos de manera automática por su mera existencia.
  • Otorgar a las provincias mayor protagonismo en la definición de qué glaciares y zonas periglaciares quedan bajo resguardo y en la aprobación de estudios de impacto ambiental.
  • Reducir el rol central del Inventario Nacional elaborado por el IANIGLA, permitiendo que las jurisdicciones provinciales propongan inclusiones o exclusiones.

Los impulsores de la reforma sostienen que la ley vigente genera inseguridad jurídica y paraliza inversiones productivas, especialmente en minería, y que los cambios permitirán compatibilizar la protección ambiental con el desarrollo económico bajo estándares mínimos coordinados.

Críticos y organizaciones ambientalistas advierten que la modificación debilita los presupuestos mínimos nacionales, traslada decisiones científicas a criterios políticos provinciales y podría habilitar actividades extractivas en zonas sensibles, poniendo en riesgo la seguridad hídrica de cuencas que abastecen a millones de personas y sostienen la biodiversidad y la agricultura.

Los glaciares argentinos, distribuidos en 12 provincias a lo largo de la cordillera de los Andes, alimentan 39 cuencas hidrográficas y representan una reserva estratégica de agua dulce en un contexto de cambio climático y retroceso glaciar confirmado. El debate sobre su protección continúa abierto en el Congreso, donde se busca equilibrar preservación ambiental y necesidades de desarrollo productivo.

La eventual aprobación de la reforma renovaría el debate sobre el rol del Estado nacional en la tutela de recursos naturales de interés estratégico y el alcance del federalismo en materia ambiental.

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