El juez federal subrogante Guillermo Díaz Martínez dictó el procesamiento del empresario Ricardo Sixto Ansonnaud, señalado como el presunto jefe de una asociación ilícita dedicada a cometer fraudes fiscales en el marco de la explotación del Ingenio La Trinidad. La medida, que también alcanza a otras cuatro personas, fue dada a conocer este viernes y dispone embargos por sumas millonarias.
La investigación, que se originó a partir de una denuncia del organismo recaudador nacional (actual ARCA), apunta a maniobras de evasión impositiva y retención indebida de aportes a la seguridad social relacionadas con la comercialización de azúcar.
La estructura investigada
Junto a Ansonnaud, fueron procesados Santiago Gasep, Guillermo Aníbal Kargachin, Fabio Enrique Seoane y Marta María Fogliata, a quienes el magistrado imputó como coautores del delito previsto en el Régimen Penal Tributario. Según el fallo, la organización habría operado de manera sistemática al menos desde 2010.
La fiscalía federal, a cargo de Agustín Chit, sostiene que el esquema se valió de distintas sociedades comerciales para continuar con la producción del ingenio mientras se eludían obligaciones tributarias y previsionales. Entre las firmas mencionadas en la causa figuran MIJASI SRL, Azucarera del Sur SRL, ANZUC SRL, el Fideicomiso Azúcares del Tucumán y Los Chaguares SA. La acusación detalla que estas estructuras se habrían utilizado de forma sucesiva, dejando a las sociedades anteriores sin recursos para afrontar sus deudas fiscales.
La investigación detalla que el mecanismo fraudulento habría incluido ventas de azúcar no registradas, emisión de remitos irregulares, uso de contribuyentes considerados no confiables y omisión en el pago de impuestos nacionales y aportes de seguridad social, generando un importante perjuicio económico al Estado.
Roles
Un elemento clave que reforzó la sospecha judicial surgió de allanamientos realizados en agosto de 2018, donde se secuestró documentación contable y se descubrió un depósito no declarado con más de 176.000 bolsas de azúcar de 50 kilos sin respaldo documental, pese a que la empresa había negado la existencia de depósitos externos.
En su resolución, el juez Díaz Martínez consideró que Ansonnaud tuvo una “participación central” en la operatoria como propietario del ingenio y directivo de varias sociedades, reflejada incluso en la firma de remitos. Sobre los otros procesados, se detallan roles específicos: Gasep y Seoane como directivos de las sociedades utilizadas; Fogliata como administradora fiduciaria del fideicomiso; y Kargachin como contador de las firmas vinculadas.
Embargos
Como consecuencia del procesamiento, se trabó un embargo de «$1.000 millones» sobre los bienes de Ansonnaud. Para Gasep, Fogliata, Seoane y Kargachin, la medida fue fijada en «700 millones» para cada uno, con el fin de garantizar eventuales sanciones económicas.
Cabe recordar que el delito de asociación ilícita tributaria prevé penas de prisión de tres años y medio a diez años, y se trata de una figura penal autónoma. Esto significa que una eventual regularización de deudas no extingue la responsabilidad penal por la organización delictiva.
La Defensa
Tras conocerse la acusación fiscal, el abogado defensor de Ansonnaud, Arnaldo Ahumada, había sostenido que su cliente no mantenía deudas con el fisco, argumentando que las obligaciones estaban incluidas en un plan de pagos de moratoria y blanqueo que se cumplía regularmente con la aprobación de ARCA. Luego del procesamiento, el letrado adelantó que apelarán la resolución judicial, al considerar que “debe ser revisada para garantizar el respeto del orden jurídico”.
El procesamiento constituye una instancia intermedia en el proceso penal, en la que el juez considera acreditada la existencia del delito y la participación de los imputados con un grado de probabilidad. La causa continuará ahora su curso hacia las etapas posteriores, que definirán si los acusados llegan a un juicio oral.
