Provincia rechaza recursos de exagentes de Catastro por caso usurpaciones fiscales y regalos

El Gobierno provincial rechazó los recursos de reconsideración presentados por Maximiliano Barreiro y Pablo Trujillo, dos exagentes vinculados a un esquema de usurpación y venta ilegal de tierras fiscales. La medida, adoptada mediante el Decreto 3203/1, confirma su cesantía dispuesta previamente por el Decreto 2684/1, que incluye una reserva de agravamiento por la causa penal en trámite.

El caso, uno de los escándalos administrativos más resonantes del año, expuso graves irregularidades en la extinta Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat. Según la investigación, ambos exfuncionarios —que luego se desempeñaron en la Secretaría General de la Gobernación— participaron de la comercialización clandestina de lotes del Estado en complicidad con particulares y otros agentes públicos. El expediente penal los vincula a delitos de asociación ilícita, estafa, negociaciones incompatibles con la función pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El decreto recuerda que el sumario se inició el 27 de enero de este año a raíz de «irregularidades detectadas» en esa subsecretaría y su «vinculación con la causa penal ‘Castro Juan Pablo s/Usurpación, estafa’». La causa revela una operatoria que incluyó la venta de 17 lotes ubicados en una reserva natural, una maniobra que «creó una apariencia de legalidad» para desapoderar al Estado de un bien público.

El instrumento señala además: «Los testimonios de los usurpadores refieren que había 17 lotes de Rafael Trujillo y Maximiliano Barreiro, ambos funcionarios del Gobierno, y que fueron ellos quienes le ofrecieron a Juan Pablo Castro hacerle el proyecto de loteo a cambio de 17 lotes que después fueron vendidos por Trujillo e incluso ofrecidos en redes sociales».

Allanamientos, comprobantes de depósitos, recibos firmados, mensajes de WhatsApp y documentación oficial secuestrada reforzaron la acusación. Pese a la contundencia de las pruebas, ambos exagentes insistieron en cuestionar la investigación o naturalizar prácticas prohibidas.

La defensa de Barreiro

Barreiro argumentó que el acto recurrido «desestima arbitrariamente las defensas y pruebas aportadas», que los planos que confeccionó fueron hechos «cumpliendo la normativa aplicable», y que los supuestos errores de catastro eran «exigencias arbitrarias de la Dirección General de Catastro«. También afirmó que los honorarios que cobró estaban avalados por legislación vigente.

Incluso sostuvo que una denunciante le hacía «regalos» como gesto personal. El decreto remarca esa admisión: «El recurrente reconoce haber recibido regalos, en abierta contradicción con la prohibición legal expresa del artículo 30 inciso 7 de la Ley Nº 5.473».

La defensa de Trujillo

Trujillo, por su parte, afirmó que no tuvo injerencia en la selección de inmuebles del llamado «loteo Gaucho Castro», y que su función tenía un carácter «político asistencial». Alegó que los gastos cobrados a beneficiarios no constituían exacciones ilegales, sino pagos necesarios por tareas que —según él— no estaban cubiertas por la repartición.

El decreto refuta expresamente esa postura: «Las sumas dinerarias percibidas fueron para imprimir trámite a gestiones que legalmente fueron concebidas como gratuitas, lo que evidencia un proceder constante y sistemático». También descartó su argumento sobre la supuesta falta de competencia del área en trámites vinculados al pastoreo.

Rechazo

La administración provincial concluyó que ninguna de las impugnaciones logró revertir las pruebas reunidas en el sumario. El decreto enfatiza: «Las faltas cometidas se encuentran debidamente acreditadas. Los argumentos de los recurrentes no resultan pertinentes para desvirtuar los cargos formulados».

En el caso de Barreiro, se destacó que los planos fueron confeccionados «con finalidades diferentes a las previstas por las normas», orientados al fraccionamiento y venta de tierras públicas. Respecto a ambos, la resolución remarca que «en ningún momento negaron su participación en la venta de lotes ni en el loteo en sí, siendo de suma importancia los resultados de los allanamientos que dan cuenta del secuestro de documentación del Estado en sus domicilios».

El Ejecutivo reafirmó que la causa penal en trámite no impide la sanción administrativa, ya que el sumario se basa en faltas probadas y la eventual condena solo podría agravar la situación disciplinaria.

Ética pública, confianza y daños institucionales

El instrumento legal incorpora una reflexión doctrinaria sobre los estándares éticos de los agentes públicos, citando que «la confianza pública se cimienta en la seguridad de que los agentes actúan únicamente en función del interés general», y que la aceptación de beneficios personales deteriora esa credibilidad.

La decisión de cesantearlos responde a la necesidad de «evitar mayores perjuicios» y preservar la integridad de la Administración, afectada por una maniobra que buscaba sustraer bienes fiscales mediante la creación de trámites ilegítimos con apariencia de legalidad.

El proceso penal sigue su curso e involucra también a Juan Pablo Castro, Fernando Rogel Chaler, Yanina Mamaní, Jorge Cruz hijo y Damián Romano, entre otros, generando un expediente que podría derivar en condenas y nuevas medidas administrativas.

La disolución de la Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat y el traslado de competencias a la Dirección General de Catastro no consiguieron disipar las dudas sobre deficiencias estructurales en la supervisión pública, reveladas crudamente por este escándalo.

Con base en los antecedentes del sumario, el dictamen de Fiscalía de Estado y el análisis de los planteos, el decreto dispone: «Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por los señores Maximiliano Rodrigo Martín Barreiro (…) y Pablo Rafael Trujillo (…) en atención a lo expresado precedentemente».

La medida queda firme y mantiene abierta la posibilidad de aplicar sanciones más severas si la Justicia penal avanza hacia una condena.

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