Ya es oficial el aumento del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias. Esto quiere decir que desde hoy solamente pagarán ese impuesto quienes reciban remuneraciones superiores a los $700.875.
Cabe destacar que este aumento del 35% en las escalas de ese impuesto tiene retroactividad a enero de este año. Todo esto fue publicado en el Boletín Oficial.
Se establece que el Poder Ejecutivo determinó que cuando el haber bruto supere los $ 700.875 mensuales, pero no exceda de $808.341 mensuales, la AFIP será la encargada de establecer el monto deducible adicional pertinente.
Según el texto: «En esta instancia resulta necesario, nuevamente, anticipar de forma parcial, y hasta su completa aplicación, la actualización anual dispuesta por la ley del gravamen, en orden a evitar que la carga tributaria neutralice los beneficios derivados de la medida introducida por la Ley N° 27.617 y de la correspondiente política salarial».