“Se deben aplicar las mismas sanciones que a una moto”: la palabra de Romero sobre los monopatines eléctricos

En los últimos días, se viralizó un video de municipales secuestrando un monopatin eléctrico en el microcentro de San Miguel de Tucumán. El video despertó indignación y muchos comentarios al respecto.

Ahora, el subsecretario de Tránsito de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, Enrique Romero, tomó la palabra y aseguró que hay normativas que regulan el uso de monopatines eléctricos en Tucumán, y que por la falta de cumplimiento es que se los secuestran.

«El valor especial que deberíamos darle a las leyes y normas que regulan el tránsito para minimizar el conflicto y los siniestros, es superado por la omnipotencia, la ignorancia y la impunidad de creer que somos los dueños de la calle y que podemos hacer lo que se nos da la gana», indicó el funcionario municipal.

Y, en esa línea, aseguró que «lamentablemente existen quienes ignoran las normas y confunden a la gente, como (Jorge) Rodríguez Robledo».

El funcionario sostuvo, a modo de ejemplo, que «el Ministerio de Transporte, a través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), mediante Decreto 26/19, amplió las subclases de la Licencias de Conducir que emiten todos los Centros de Emisión de Licencias de Conducir, e incluyeron todos los vehículos eléctricos y maquinarias especiales agrícolas y no agrícolas».

Además, indicó que la ley 26.363, en sus incisos a) y b), «faculta a la ANSV a coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de políticas y medidas de seguridad en todo el territorio nacional, y actualizar normativas en materia de seguridad vial».

«La Agencia Nacional de Seguridad Vial regula la circulación de los mencionados vehículos en el ámbito federal y en todas las jurisdicciones nacionales y municipales adheridas a las Leyes 24.449 y 23.363», remarcó Romero.

Por otro lado, consignó que «la ANSV, a través de la Disposición 480/2020, aprueba el marco regulatorio para la circulación de vehículos de movilidad personal, y el Anexo DI-2020-72525366-APN.ANSV, Punto 5 del Régimen de Sanciones habilita a todas las Jurisdicciones adheridas a las Leyes 24.449 y 23.363 y sus normas reglamentarias, a aplicar el régimen de sanciones y faltas establecidas por las mismas».

«Ahora, las compañías aseguradoras producen seguros para monopatín eléctrico, ante la pérdida del mismo por robo total, asegurando la integridad física, material y perjuicios causados en el contexto de accidentes con terceros, durante la circulación y uso normal al que está destinado, por responsabilidad civil que va desde $2.000 hasta los $100.000», añadió el subsecretario de Tránsito del municipio.

Y sostuvo que «los jueces de Faltas deben aplicar las mismas sanciones que a una moto» por infracciones como «falta de casco, violar luz roja, circular en contramano y/o por vereda, falta de Licencia de Conducir, circular hablando por celular, etcétera».

Fuente: La Gaceta.

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